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"Legislar para salvaguardar vidas"

Sabado, 11 de agosto de 2018 00:00

¿Por qué no extender la protección legal a casos de enfermedades sociales como embarazo no intencional, sobrecarga de hijos en la familia, niñez de la embarazada (siempre que ella lo prefiera) o malformaciones no compatibles con la vida extrauterina, dentro de un margen razonable de semanas?

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¿Por qué no extender la protección legal a casos de enfermedades sociales como embarazo no intencional, sobrecarga de hijos en la familia, niñez de la embarazada (siempre que ella lo prefiera) o malformaciones no compatibles con la vida extrauterina, dentro de un margen razonable de semanas?

En materia de embarazos todos apostamos a la vida de la mujer y del embrión. Ninguna mujer tiene vocación de someterse a un aborto medicamentoso o quirúrgico, como nadie tiene vocación de recurrir a una práctica de cirugía o cruenta en caso necesario.

Por eso en esos casos nos llaman "pacientes": lo soportamos porque es necesario. Y agravada la situación porque en el aborto gravitan problemas psicológicos nada despreciables. Pero el Derecho, en el marco de la salud pública -que es una confluencia de la medicina con las ciencias sociales y políticas-, apunta a excepciones de la apuesta; la legislación argentina las reconoce desde 1921 en dos casos: el peligro de la madre (enfermedad biológica), o la violación (enfermedad social). Se trata de ampliar este criterio a la luz del aporte de los derechos humanos. Cualquier médico, en caso extremo, tiene la obligación de actuar salvaguardando la vida de la madre, que es persona, frente al embrión ya feto, que no es aún persona hasta que nazca. Refuerza esta tesitura, por si faltaran argumentos, que en la mayoría de los casos se perdería uno y otra.

¿Por qué no extender la protección legal a casos de enfermedades sociales como el embarazo no intencional, la sobrecarga de hijos en la familia, la niñez de la embarazada (siempre que ella prefiera esta solución), las malformaciones no compatibles con la vida extrauterina, dentro de un margen razonable de semanas, antes de que se consoliden los atributos físicos de la conciencia? Hay que tener en claro que la mujer que está dispuesta a abortar, lo hace, aunque sea en condiciones lesivas a su salud. ¿Porqué no le damos la garantía de entorno protector?. Para la mujer, chica, joven o grande, no es una decisión frívola, y a veces compromete a todo su núcleo familiar. Y es una oportunidad excelente para educar sexualmente y reproductivamente, para prevenir la necesidad del aborto. No una u otra medida, es todo el programa, que incluye la legalización del aborto. Y es también un aporte a las relaciones sociales más igualitarias, uno de los objetivos de la democracia. Y el resultado global puede ser grato a todas las posiciones religiosas o filosóficas que se dirimen en la controversia.

 

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