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Oficializan el aumento del 6,67% en las jubilaciones

La decisión se formalizó a través de una resolución de la ANSeS, publicada hoy en el Boletín Oficial.
Miércoles, 29 de agosto de 2018 10:31

El Gobierno oficializó hoy el aumento de las jubilaciones que se aplicará desde septiembre, fijado en $8.637 para los haberes mínimos y $63.277 para los máximos. La decisión se formalizó a través de una resolución de la ANSeS, publicada hoy en el Boletín Oficial.
"El haber mínimo garantizado vigente a partir de septiembre de 2018, establecido de conformidad con las previsiones del artículo 8 de la Ley N° 26.417, será de 8.637,13 pesos", según el texto oficial.
Hasta este mes, la jubilación mínima era de $8.096,30.
La ANSeS también dispuso que las bases imponibles mínima y máxima serán de $3.004,25 y $97.637,14 respectivamente, partir del período devengado septiembre de 2018.

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El Gobierno oficializó hoy el aumento de las jubilaciones que se aplicará desde septiembre, fijado en $8.637 para los haberes mínimos y $63.277 para los máximos. La decisión se formalizó a través de una resolución de la ANSeS, publicada hoy en el Boletín Oficial.
"El haber mínimo garantizado vigente a partir de septiembre de 2018, establecido de conformidad con las previsiones del artículo 8 de la Ley N° 26.417, será de 8.637,13 pesos", según el texto oficial.
Hasta este mes, la jubilación mínima era de $8.096,30.
La ANSeS también dispuso que las bases imponibles mínima y máxima serán de $3.004,25 y $97.637,14 respectivamente, partir del período devengado septiembre de 2018.

Asimismo, estableció el importe de la Prestación Básica Universal (PBU) y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) también aplicable desde el mes que viene, en $4.080,5 y $6.909,70, respectivamente.

El Poder Ejecutivo recordó que la suba de los haberes jubilatorios se calcula en un 70% por las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor elaborado por el INDEC, y en un 30% por el coeficiente que surja de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE). Esos aumentos se aplican en marzo, junio, septiembre y diciembre de cada año calendario.
 

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