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Cómo gestionar una asignación familiar

Jueves, 24 de enero de 2019 00:00

Claudia Moya (El Carril)

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Claudia Moya (El Carril)

Soy madre de dos niños. El padre está cobrando el salario pero no recibo nada y necesito para los chicos. ¿Cómo puedo hacer para cobrar? ¿Tengo que ir a la Justicia?

Hola Claudia: Es bastante habitual este tipo de casos en el que los niños no reciben sus asignaciones familiares. Desde hace un tiempo, el año 2013, se puede solucionar de manera administrativa en Anses, evitando una presentación judicial.

Está disponible un formulario (PS 2.73) que es conocido como el "formulario de las Madres", presentándolo en Anses, quien tiene a cargo los menores, se asegura el cobro de las Asignaciones Familiares.

Va a poder cobrar directamente, sin necesidad de contar con el consentimiento del otro progenitor y sin necesidad de un embargo por alimentos o sentencia judicial.

A este formulario puede descargarlo de www.anses .gob.ar o bien solicitarlo en una oficina de Anses. Se completa informando los datos personales de la madre, de los hijos y del padre.

La madre puede elegir el lugar de cobro, o bien, si ya tiene una cuenta bancaria, solicitar la acreditación en dicha cuenta adjuntando una constancia del banco en la que se incluyan sus datos personales y de la cuenta.

Héctor Aramayo (Capital)

Hace poco falleció mi papá que era jubilado. Tenemos un hermano con discapacidad, ¿podrá recibir él la pensión?

Buen día Héctor: El artículo 53§ de la ley nacional 24.241 establece qué parientes recibirán pensión en caso de fallecimiento del jubilado. Entre ellos, la norma menciona a los hijos con discapacidad. En este caso no está el límite de edad (18 años) que rige para el resto.

Hay que tener presentes algunas cuestiones. En primer lugar, el hijo ya debe encontrarse incapacitado a la fecha de fallecimiento del jubilado o bien al momento de cumplir los dieciocho (18) años de edad.

Por otro, debe haber estado a cargo del beneficiario que ha fallecido. Esto último se acredita con alguna de estas condiciones: 1) vivir en casa del causante, 2) encontrarse bajo su cuidado exclusivo, 3) no desempeñar tareas laborales (sí se aceptan aquellas tareas remuneradas, en el marco del sistema integral de protección integral a personas con discapacidad).

Para hacer el trámite, deberá solicitar un turno y tiene que estar acreditada en Anses la defunción de su padre y el vínculo de éste con su hermano discapacitado (mediante el acta de nacimiento). Finalmente tenga en cuenta que, si su hermano ha quedado huérfano, se deberá presentar testimonio de tutoría o curatela.

Yolanda Aquino (Cafayate)

Por favor si puede informar los requisitos para la pensión universal para adulto mayor.

Buen día Nicolás: Los requisitos para acceder a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) son estos: 1) 65 años de edad o más; 2) si es argentino o naturalizado, tener 10 años de residencia en el país (anteriores a la solicitud), o bien si es extranjero se piden 20 años de residencia; 3) no cobrar ninguna jubilación o pensión y, finalmente, 4) mantener la residencia en el país una vez solicitada la pensión.

 

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