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Empadronamiento, loteadores y sitio de consultas online

Está pendiente la conformación del órgano coordinador creado por decreto 1682.
Domingo, 29 de diciembre de 2019 01:40

La nueva reglamentación prevé la puesta en funcionamiento de una Unidad Coordinadora de Loteos, Loteadores y Desarrolladores Inmobiliarios para supervisar y agilizar las tramitaciones de los fraccionamientos.

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La nueva reglamentación prevé la puesta en funcionamiento de una Unidad Coordinadora de Loteos, Loteadores y Desarrolladores Inmobiliarios para supervisar y agilizar las tramitaciones de los fraccionamientos.

La Jefatura de Gabinete de Ministros, cartera en cuyo ámbito se definió la conformación del citado órgano, fue reemplazada por dos coordinaciones generales a cargo de Nicolás Demitrópulos y Pablo Outes.

La gestión que encabeza desde el pasado 10 de diciembre Gustavo Sáenz definirá a cuál de las coordinaciones confía la tarea. Desarrolladores confían en que el nuevo gobierno avanzará sobre los lineamientos que representantes de diferentes organismos provinciales y del Municipio capitalino consensuaron a lo largo de 2019 con la Cámara del sector y las entidades profesionales afines a la actividad.

La reglamentación que rige desde hace un mes también tiene pendiente la habilitación del Registro de Propietarios de Loteos, Loteadores y Desarrolladores. El fin del empadronamiento de los responsables de los proyectos inmobiliarios es un mayor control de las obligaciones a su cargo.

Entre las facultades que el decreto 1682 confirió a la Unidad Coordinadora está la de atender el funcionamiento del Registro y del sistema informático que, a través de Internet, permitirá a interesados conocer el estado legal y de tramitación de diferentes loteos y desarrollos inmobiliarios. La digitalización apunta a prevenir a adquirentes de estafas y a evitar, por otra parte, que los expedientes de loteos y urbanizaciones duerman en oficinas burocráticas.

La Unidad Coordinadora cumplirá otras tareas sensibles en los nuevos procedimientos de autorización previa para la preventa de lotes y de asignación anticipada de matrículas por sectores.

Deberá encargarse, asimismo, de difundir por diferentes medidos información de interés público sobre el estado de situación de los loteos, loteadores y desarrolladores inmobiliarios registrados, la existencia o no de autorización para prevender lotes y sobre las sanciones que se dispongan.

Grietas

No han sido pocos los loteadores y desarrolladores que en la última década fraccionaron fincas y embolsaron fortunas con las parcelas que vendieron sin servicios, obras de infraestructura básicas ni matriculas individuales.

En cientos de casos se dejaron a medias las tramitaciones y miles de adquirentes terminaron defraudados.

Según registros oficiales, en los últimos diez años se presentaron en Inmuebles 650 proyectos de loteos. Solo en 100 (el 15%) se cumplimentaron todos los pasos legales hasta la aprobación de planos.

De los 550 expedientes que quedaron a medio camino, en el último año solo 120 registraron algún movimiento en los trámites. Los restantes 420 quedaron trabados por falta de efectiva provisión de servicios, líneas de ribera indefinidas, observaciones a los accesos viales proyectados y otros motivos de rechazo.

Nuevas reglas

  • Los loteadores o desarrolladores deberán garantizar la ejecución obras comprometidas con una caución equivalente al 100% de su costo.
  • En caso de incumplimiento, se ejecutará la garantía para realizar las obras de infraestructura pendientes.
  • Ante preventas sin autorización o loteos irregulares, junto a las sanciones administrativas, se elevarán los antecedentes a la Justicia penal.
  • Funcionarios, profesionales, propietarios, particulares inmobiliarias, loteadores y desarrolladores serán responsables solidarios.
  • Los agentes de la administración pública que no cumplan o hagan cumplir la reglamentación serán multados, suspendidos y separados de sus cargos en caso de reincidencia.
  • La autorización para la preventa será obligatoria para comenzar a comercializar lotes sin matrícula individual.
  • Dicha autorización será extendida por el Ministerio de Infraestructura.
  • La citada cartera podrá autorizar la asignación anticipada de las matrículas individuales.
  • Para la asignación anticipada de matrícula los proyectos deberán tener ejecutado el 100% de la obra de captación de agua, el 60% de los desagües pluviales y el 60% de las obras de distribución interna de agua, cloacas y energía eléctrica.
  • La publicidad referida a la venta de lotes deberá ser veraz, clara y suficiente para evitar incurrir en error al eventual adquirente.
  • Los incumplimientos se considerarán violatorios de la ley de defensa del consumidor.

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