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Penas de 3 a 20 años para tres imputados en la causa Polo Cruz

El fiscal Rivero acusó a “Lito” y “Junior” de ser los autores de asesinato del hincha de Central. El armero recibió condena condicional y ocho de los imputados fueron absueltos.
Jueves, 28 de febrero de 2019 19:58

Otra larga jornada en el edificio de la Ciudad Judicial de esta ciudad en el subsuelo donde se encuentra el Salón de Grandes Juicios “Dr. Miguel Ragone” se desarrolló ayer, en el marco de la causa por el crimen de Juan “Polo” Cruz, donde también se juzgó un intento de homicidio y el delito de tenencia ilegal de arma de fuego. El Tribunal de la Sala V condenó a 20 y 17 años de prisión efectiva a Gómez “Lito” Garzón y Federico “Junior” Ferreyra, respectivamente. El primero por ser considerado autor del crimen de Polo Cruz y el segundo por el “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa” en perjuicio de Franco Lezcano, Luis Rodríguez Núñez y Emanuel “Speedy” Rodríguez. Ambos seguirán detenidos en Villa Las Rosas.
El debate giró en base a tres causas, el crimen de Polo Cruz en una pizzería del barrio El Carmen, el 20 de febrero de 2014; el intento de homicidio dos años después en una gomería ubicada en la avenida Entre Ríos y Siria, en perjuicio de Núñez, Lezcano y Speedy Rodríguez, y la causa por tenencia ilegal de arma de fuego contra el “Armero” González. El fiscal Pablo Rivero fue el primero en alegar. Solicitó prisión perpetua para Ferreyra, Fabián, Garzón, Molina y Ofredi. Luego cambió la calificación en la causa de la gomería a “homicidio simple”. Para el encargado de la instrucción quienes ultimaron a Polo Cruz fueron Lito Garzón y Junior Ferreryra.

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Otra larga jornada en el edificio de la Ciudad Judicial de esta ciudad en el subsuelo donde se encuentra el Salón de Grandes Juicios “Dr. Miguel Ragone” se desarrolló ayer, en el marco de la causa por el crimen de Juan “Polo” Cruz, donde también se juzgó un intento de homicidio y el delito de tenencia ilegal de arma de fuego. El Tribunal de la Sala V condenó a 20 y 17 años de prisión efectiva a Gómez “Lito” Garzón y Federico “Junior” Ferreyra, respectivamente. El primero por ser considerado autor del crimen de Polo Cruz y el segundo por el “homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa” en perjuicio de Franco Lezcano, Luis Rodríguez Núñez y Emanuel “Speedy” Rodríguez. Ambos seguirán detenidos en Villa Las Rosas.
El debate giró en base a tres causas, el crimen de Polo Cruz en una pizzería del barrio El Carmen, el 20 de febrero de 2014; el intento de homicidio dos años después en una gomería ubicada en la avenida Entre Ríos y Siria, en perjuicio de Núñez, Lezcano y Speedy Rodríguez, y la causa por tenencia ilegal de arma de fuego contra el “Armero” González. El fiscal Pablo Rivero fue el primero en alegar. Solicitó prisión perpetua para Ferreyra, Fabián, Garzón, Molina y Ofredi. Luego cambió la calificación en la causa de la gomería a “homicidio simple”. Para el encargado de la instrucción quienes ultimaron a Polo Cruz fueron Lito Garzón y Junior Ferreryra.

Alberto Hipólito Gómez Garzón es escoltado al banquillo. Javier Corbalán

Luego fue el turno de la querella, a cargo de los letrados Sebastián Schmidt Dodds y Néstor Rafael Benegas, quienes solicitaron la misma pena que el Ministerio Público. A continuación de las partes acusadoras siguieron las defensas de los imputados, pero antes el Tribunal de la Sala V, integrado por los jueces Javier Araníbar (presidente) y Mónica Faber y Marcelo Rubio (vocales), dio lugar al primer cuarto intermedio del día.

Defensas técnicas

Todos y cada uno de los defensores basaron sus argumentos en la falta de certeza a la hora de probar la acusación contra sus defendidos. A raíz de esto varios pidieron la absolución lisa y llana y casi todos apelaron a la figura del in dubio pro reo, es decir la absolución por el “beneficio de la duda”.
 

Federico Osiris Domínguez Ferreyra tras escuchar la sentencia. Javier Corbalán

A más de un presente en el Salón le llamó la atención que los profesionales del Derecho, en pos de su buena labor, desligaran a sus asistidos de ser barrabravas del club de fútbol Central Norte. Se trata de jóvenes pertenecientes a distintas facciones de la institución, Los Pibes y La Banda del Camión, entre otras. En el primer día de audiencia el fiscal había confirmado ante los medios que Juan Pedro Cruz pertenecía a la Banda del Camión, quienes tenían diferencias con Los Pibes y otras facciones.

Para el investigador, y según surge del requerimiento a juicio, existió una situación similar y lo que le terminó pasando al Polo Cruz “fue una devolución de favores, como suele decirse en el ambiente”, apuntó Rivero. Esa noche, del 20 de febrero de 2014, Cruz fue acribillado de cuatro balazos en el baño de una pizzería que estaba ubicada en las calles Caseros y Santa Victoria del barrio El Carmen.    

El fallo    

Alberto Gómez “Lito” Garzón, condenado a 20 años de prisión efectiva por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego contra Polo Cruz; Federico “Junior” Ferreyra, penado a 17 años por el delito de homicidio simple agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa (dos hechos) en concurso real en perjuicio de Franco Lezcano, Luis Núñez y Speedy Rodríguez. Ambos seguirán detenidos en Villa Las Rosas. El llamado “Armero” Juan Jesús González deberá cumplir tres años de prisión condicional por tenencia ilegítima de armas de fuego de uso civil y de guerra (dos hechos) en concurso real, además de una multa de 8 mil pesos y cumplir una serie de conductas; Daniel Bazán fue el único que habló en el primer día de audiencia (6 de febrero), diez días después acusó a la mayoría por el crimen de Cruz, fue absuelto porque el fiscal retiró su acusación en sus alegatos, considerando que no participó en los hechos.    
Emanuel Clemente Ríos Ofredi, alias “Manolo”; Facundo Emanuel Fabián, “Papilo”; Cristian Molina, “Mambrú”, fueron absueltos en los dos delitos (pizzería y gomería) por aplicación del beneficio de la duda, “in dubio pro reo”. Fabio Oscar Herrera, “Negro Fabio”; Gustavo Fernando Segovia, “Sego”; Jorge Armando Norohona Norry, “Monito”; Cristian Antonio Gobbi Alemán, “Locura”; Emanuel Clemente Ríos Ofredi, “Manolo”, fueron absueltos también por el beneficio de la duda. Todos ellos son miembros de la facción “Los Pibes”, de Central Norte.    
 

Los jueces que dictaron sentencia en el juicio por el homicidio de Cruz. Javier Corbalán

 

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