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Mala noticia para empresas y particulares: el Gobierno eleva hasta 50% las tasas impositivas

El Gobierno aumenta la presión fiscal. Es en medio de la recesión económica y las severas dificultades que tienen las empresas para sostener sus niveles de producción y plantillas de trabajadores.
Sabado, 09 de febrero de 2019 14:35

En medio de la recesión económica y las severas dificultades que tienen las empresas para sostener sus niveles de producción y plantillas de trabajadores, el Gobierno tomó una decisión que puede complicarles más el escenario: aumenta la presión fiscal.  

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En medio de la recesión económica y las severas dificultades que tienen las empresas para sostener sus niveles de producción y plantillas de trabajadores, el Gobierno tomó una decisión que puede complicarles más el escenario: aumenta la presión fiscal.  

El Ministerio de Hacienda resolvió que a partir del primero de marzo las tasas de interés para refinanciar deudas impositivas se elevarán a niveles de 4,5% y 5,6% y se actualizarán periódicamente a partir de abril.

La medida del Gobierno busca evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de obligaciones con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
En la resolución, se fundamenta la medida en que "el tiempo transcurrido desde su última modificación, se hace necesario adecuar las referidas tasas a las condiciones económicas actuales, a fin de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos".

Según se informó, la tasa del 4,5% mensual regirá para los pagos de intereses resacitorios y la del 5,6% para los denominados punitorios.

La medida fue dispuesta por la Resolución 50/2019 del Ministerio de Hacienda, publicada ayer viernes en el Boletín Oficial, que establece, además, un mecanismo de actualización periódica para los valores en cuestión que tomará como referencia la tasa nominal anual para depósitos a plazo fijo en pesos a seis meses del Banco Nación.

Otras precisiones

  • En el caso del interés resarcitorio mensual, el artículo primero señala que será "la efectiva mensual equivalente a 1,2 veces la tasa nominal anual para depósitos a plazo fijo en pesos a 180 días del Banco de la Nación Argentina vigente el día 20 del mes inmediato anterior al inicio del referido trimestre".
  • Para el pago de los intereses punitorios, en tanto, será la efectiva mensual equivalente a 1,5 veces sobre la mencionada tasa.
  • La AFIP publicará al inicio de cada trimestre calendario las actualizaciones de las tasas en el sitio web del organismo recaudador.
  • Los valores de las tasas publicados en la resolución tendrán vigencia hasta el 31 de marzo y la actualización será automática desde abril.
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