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Rige la nueva escala salarial para empleadas de casas particulares

Están incluidas las personas que prestan servicios de limpieza, de mantenimiento u otras actividades del hogar, asistencia personal y acompañamiento a miembros de la familia. También trabajadores que realicen el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.
Sabado, 16 de marzo de 2019 17:13

El Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, informa que se encuentra en vigencia a partir de este mes, la nueva escala salarial para trabajadores de casas particulares, que deberá abonarse con el sueldo de marzo.

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El Ministerio de Producción, Trabajo y Desarrollo Sustentable, informa que se encuentra en vigencia a partir de este mes, la nueva escala salarial para trabajadores de casas particulares, que deberá abonarse con el sueldo de marzo.

Dentro de este régimen están incluidas las personas que presten servicios o ejecución de tareas de limpieza, de mantenimiento u otras actividades típicas del hogar, la asistencia personal y acompañamiento a los miembros de la familia o a quienes convivan en el mismo domicilio con el empleador, así como el cuidado no terapéutico de personas enfermas o con discapacidad.

Aquellos que deseen concretar el trámite para obtener la libreta de trabajo reglamentaria y obligatoria para personal en relación de dependencia o recibir asesoramiento,  deberán acercarse a las oficinas de la Secretaría de Trabajo y Empleo, sitas en calle Bolívar 141, en Salta Capital.

El horario de atención es lunes, miércoles, jueves y viernes de 8 a 14, mientras que los martes será de 8 a 19. También podrán comunicarse con los teléfonos 0387-4318451-4318454 y solicitar el interno del Programa Servicio Doméstico.

Los sueldos que se deberán abonar quedaron conformados de la siguiente manera:

1) Personal para tareas generales (prestación de tareas de limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, elaboración y cocción de comidas y en general, toda otra tarea típica del hogar):

Jornalizados, por hora $89,50.

Con jornada parcial, por hora $ 55,23.

Jornada completa con retiro del domicilio de trabajo, $11.046,50.

Sin retiro del lugar (cama adentro), percibirá un sueldo mensual de $12.283,50.

2) Asistencia y Cuidado de Personas (comprende la asistencia y cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños, adolescentes o adultos mayores):

Jornalizados,  $96 por hora.

Con jornada parcial, $61,42, por hora.

Jornada completa con retiro del lugar de trabajo, $12.283,50.

Si no se retira del lugar de trabajo (cama adentro), el salario será de $13.551,50.

3) Caseros (personal que presta tareas inherentes al cuidado general y preservación de una vivienda en donde habita con motivo del contrato de trabajo):

El sueldo mensual será de $12.283,50.

4) Supervisor (coordinación y control de las tareas efectuadas por dos o más personas a cargo):

Jornalizados, $108 por hora.

Jornada parcial, $67,76 por hora.

Jornada completa con retiro del lugar de trabajo, $13.551,50.

Si la persona trabaja sin retirarse del lugar de trabajo (cama adentro), $15.095.

5) Personal para tareas específicas (cocineros contratados en forma exclusiva para desempeñar dicha labor y toda otra tarea del hogar que requiera especial idoneidad):

Jornalizados, $102 por hora.

Jornada parcial, $62,95.

Jornada completa con retiro del lugar de trabajo, $12590.

Si el trabajador no se retira del domicilio, el sueldo mensual será de $14.014,50.

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