¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

18°
24 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Un litigio que pone en juego soberanía

Si la Corte IDH acepta el planteo de Lhaka Honhat, privaría a cada comunidad de la propiedad de sus tierras.
Lunes, 25 de marzo de 2019 02:51

El indigenismo argentino, que no necesariamente es sinónimo de los derechos ni del reconocimiento de necesidades de las comunidades aborígenes, alimenta gran expectativa por la posibilidad de que en mayo llegue a Salta un grupo de jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que por estos días analiza el caso de los exlotes fiscales 14 y 55.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El indigenismo argentino, que no necesariamente es sinónimo de los derechos ni del reconocimiento de necesidades de las comunidades aborígenes, alimenta gran expectativa por la posibilidad de que en mayo llegue a Salta un grupo de jueces de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, que por estos días analiza el caso de los exlotes fiscales 14 y 55.

Así se anunció al cabo de horas de deliberaciones del tribunal en la ciudad de San José de Costa Rica, donde se dirime la disputa entre una organización, Lhaka Honhat, que se arroga la representación de las comunidades indígenas del departamento Rivadavia, y el Estado provincial.

Al litigio se lo describe como "el conflicto territorial más grande que enfrenta el país", por cuanto abarca 643.000 hectáreas de tierras fiscales que desde hace 20 años fueron cedidas a aborígenes y criollos pero por parcelas. Unas 400.000 ha. para las comunidades y el resto para criollos. Aún no se pudo concretar el traspaso porque Lhaka Honhat, con patrocinio del Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), que es la institución política y jurídica que sostiene al movimiento indigenista, se opone al parcelamiento y reclama la entrega indivisa del "territorio".

Es difícil predecir cuál será la opinión final de la Corte IDH. En el caso de Milagro Sala, luego de haber presionado por la libertad de la funcionaria kirchnerista, tras la visita a Jujuy, abandonó esos reclamos. Con motivo de la muerte de Santiago Maldonado, las evidencias de que el activista promapuche se había ahogado en el río en medio de una refriega obligaron al organismo a moderar su posición, ya que en principio sus jueces habían adherido a la idea de "desaparición forzada de persona".

El episodio Maldonado, en los hechos, desacreditó al CELS, cuyos miembros incurrieron en maniobras inaceptables inventando testigos falsos. Pero los criterios ideológicos que se aplicaron se mantienen en los mismos términos y se vuelven a presentar en el conflicto de Rivadavia.

En un documento publicado a mediados del año pasado, el CELS, avalado por más de 50 entidades jurídicas y académicas del país - incluida una cátedra de la UNSa-, de España, México y hasta del país Vasco, polemizaron con el Colegio de Abogados porteños sobre el caso Maldonado.

El Colegio se había pronunciado contra la ocupación ilegal de tierras privadas en Chubut y otras áreas de la Patagonia, por organizaciones de "auto percibidas" mapuches.

El documento habla de "groseros errores" y destaca, en primer lugar, que el Colegio "menciona el conflicto entre Estado y "grupos mapuche', sustrayéndole su estatus de pueblo. Este estatus, para los indigenistas "no es opinable" (funcionaría como un dogma) e invocan "Tratados Internacionales como el Convenio 169 de la OIT sobre "Pueblos indígenas y Tribales'".

Al convalidar, tácitamente la ocupación violenta de la Casa de Río Negro en Buenos Aires y las tierras privadas que habían ocupado ilegalmente los autopercibidos mapuches, no admiten los firmantes que se hable de "conducta de tono belicoso que se torna sediciosa", y culpan al Estado argentino de "una violenta represión por parte de Gendarmería, la muerte de Santiago Maldonado, y en Río Negro el asesinato de Rafael Nahuel por parte de la Prefectura".

Su criterio es que "las comunidades indígenas tienen sus propias autoridades, lo que no significa el desconocimiento de las autoridades estatales aunque bien pueden existir debates jurisdiccionales y conflictos de competencias. La jurisdicción - quien puede decir y aplicar el derecho - responde al derecho a la autonomía, una expresión del derecho a la libre determinación, reconocido a los Pueblos indígenas en la Declaración de Naciones Unidas sobre Derechos de los pueblos indígenas (Undrip), suscripta por Argentina en 2007", afirman.

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD