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Cuando el padre es insolvente, puede pagar un tío o abuelo

Si el aportante declara una quiebra, debe seguir cumpliendo con la cuota alimentaria.
Miércoles, 27 de marzo de 2019 01:45

Cuando un padre o madre no paga la cuota alimentaria de sus hijos, una opción para la Justicia es recurrir a los ingresos de los abuelos o tíos del niño.

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Cuando un padre o madre no paga la cuota alimentaria de sus hijos, una opción para la Justicia es recurrir a los ingresos de los abuelos o tíos del niño.

La defensa la madre y el niño debe encargarse de investigar los ingresos del padre cuando declara que no tiene cómo aportar. "Se pueden buscar los movimientos económicos que registra cuando se dice que no tiene un empleo fijo", expresó Blanca Ferri, secretaria de Derechos Humanos del Poder Judicial.

En los casos en que realmente el padre no tiene ingresos se puede recurrir a que paguen otros parientes paternos. Sin embargo, estos casos no son frecuentes en Salta porque gran parte de los abuelos son jubilados que ganan haberes mínimos y en general no se encuentra a otros familiares con ingresos suficientes como para afrontar el gasto.

También hay casos en que los aportantes se declaran en quiebra, lo que permite que les descuenten solo un 20% de sus haberes por deudas con empresas. Sin embargo, se destacó que esto no es aplicable a la mora en cuotas alimentarias, que se deben seguir pagando en su totalidad.

Otras negociaciones

Blanca Ferri destacó que por el bien del niño, se debe buscar resolver las diferencias antes de llegar a una instancia judicial. En algunas ocasiones, cuando el aportante no puede cumplir con la cuota, se logran acuerdos compensatorios.

El padre o madre que no está en condiciones de pagar puede asumir otros compromisos como cuidar a los niños para que su expareja trabaje sin necesidad de pagarle a una niñera o llevar a los chicos a la escuela para evitar el gasto del transporte escolar.

"Se debe tener en cuenta que la Justicia busca que el niño mantenga el mismo nivel de vida que tenía antes de que los padres se separen", agregó Blanca Ferri.

Las normativas vigentes a nivel nacional estipulan que los niños, niñas y adolescentes deben tener cubiertas sus necesidades alimentarias, educativas, de salud y también de esparcimiento.

Otra de las opciones de negociación es la tenencia compartida, siempre que exista un acuerdo entre los adultos, y para esto en necesaria una buena comunicación.

"Sin embargo, igual se acuerda una cuota alimentaria, que en algunas ocasiones es menor, por tratarse de este acuerdo", agregó Ferri y explicó que el nuevo Código Civil establece que la madre también debe contar con un ingreso propio y no depender de la cuota de alimentos.

Registro de conducir

Desde la Subsecretaría de Tránsito y Seguridad Vial de la Ciudad de Salta recordaron que de acuerdo a lo que dicta la ordenanza 14.530, en su artículo 3, las instituciones y organismos públicos de la Municipalidad no pueden autorizar inscripciones, altas o bajas, transferencias, otorgar habilitaciones, concesiones o contrataciones de cualquier naturaleza, dar licencias o permisos, ni designar como funcionarios de la planta política en todo el ámbito municipal a un deudor alimentario.

 

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