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Suman más funcionarios a la ley de declaraciones juradas

El Senado aprobó la inclusión de los nuevos cargos que también estarán sujetos al mandato de la ley 3.382 de 1959. La última adecuación se hizo hace 30 años.
Viernes, 26 de abril de 2019 02:47

La nuevos cargos creados en los últimos 30 años, en el ámbito municipal, sociedades centralizadas, descentralizadas y sociedades del Estado, llevaron a modificar la ley 3.382 de declaraciones juradas de funcionarios públicos.

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La nuevos cargos creados en los últimos 30 años, en el ámbito municipal, sociedades centralizadas, descentralizadas y sociedades del Estado, llevaron a modificar la ley 3.382 de declaraciones juradas de funcionarios públicos.

Esta norma obliga a formular declaración jurada de bienes patrimoniales dentro de los 30 días de asumir y al cesar en los cargos públicos.

La ley 3.382 fue sancionada en 1959, la última adecuación se realizó en 1989 y ahora, 30 años después, se concretó una nueva y "necesaria adecuación", se fundamentó en la sesión del Senado.

Con la ley que se sancionó ayer y pasó al Ejecutivo para promulgación, también deberán declarar sus patrimonios el secretario comunal, secretario de Concejo Deliberante, juez de Faltas, defensor del Pueblo, auditor y miembro de Tribunal de Cuentas, todos del ámbito municipal.

Estas categorías se sumarán a las de intendente y concejales, quienes ya están incluidos en la ley 3.382.

Con la nueva adecuación, también estarán obligados directores, gerentes, jefes y subjefes, consejeros y vocales de reparticiones centralizadas, descentralizadas y sociedades del estado.

Por la dinámica propia que tiene la administración pública, se hace necesario adecuar una normativa, en definitiva, relacionada con la transparencia en la gestión pública, explicó el senador por Rosario de la Frontera, Diego Pérez.

El legislador, titular de la comisión de Economía del Senado, detalló que con la declaración jurada los vecinos pueden conocer cuál es el patrimonio que se tiene al inicio de la función pública y cuál cuando cesa en el cargo.

Sobre las categorías de funcionarios que se agregaron, dijo que tienen una responsabilidad que amerita que sean incluidos en la ley provincial de declaraciones juradas.

La ley 3.382 rige para las funciones de gobernador y vicegobernador de la Provincia, ministro del Ejecutivo, magistrado judicial, legislador, subsecretario y secretario general de la Gobernación y subsecretario de ministerio, intendente, concejales.

 

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