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Reclaman que Ambiente informe sobre el frigorífico Brunetti

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, interpuso una acción de amparo para acceder a datos sobre el proceso de traslado del establecimiento y pidió los resultados de una auditoría social.
Martes, 25 de junio de 2019 01:58

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, interpuso una acción de amparo contra la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos de la Municipalidad de la Ciudad de Salta por acceso a la información pública ambiental. El objetivo es garantizar que conteste distintos oficios a través de los cuales se requirieron datos sobre el proceso de relocalización de frigorífico Brunetti y los resultados de una auditoría social.

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El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, interpuso una acción de amparo contra la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos de la Municipalidad de la Ciudad de Salta por acceso a la información pública ambiental. El objetivo es garantizar que conteste distintos oficios a través de los cuales se requirieron datos sobre el proceso de relocalización de frigorífico Brunetti y los resultados de una auditoría social.

El procurador general inició la acción ante el juez de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Marcelo Domínguez. Se detalló que lo hizo en los términos de los artículos 41 y 43 de la Constitución Nacional; 87 de la Constitución Provincial; 8 y 9 de la ley 25.831 y 7 de la ley de ambiente, 7.070.

La acción de amparo es contra la Secretaría de Ambiente y Servicios Públicos de la Municipalidad de la Ciudad de Salta, por la omisión de respuesta a oficios remitidos en 2016, 2018 y 2019. A través de estos documentos se habían solicitado los resultados de una auditoría social e información sobre el proceso de relocalización de la firma Compañía Industrial Argentina de Carnes Sociedad Anónima (C.I.A.C.S.A. o Frigorífico Brunetti), "a cumplirse por la comuna". También debe acreditarse, según el Ministerio Público, el cumplimiento por parte de la firma de los trámites previstos por las Resoluciones N§ 206/2016 y 275-E/2017 del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación y la Resolución N§ 234/09-BIS del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia.

Dicha información fue oportunamente requerida, sin cumplimiento por parte de la Secretaría de Ambiente en las actuaciones internas que datan de 2008, caratuladas "Fiscalía Correccional N§ 8 eleva actuaciones sobre medio ambiente: Frigorífico Brunetti", comunicaron desde la Procuración.

Se destacó que el proceso de relocalización del frigorífico fue comprometido por la Comuna, lo que consta en un oficio de 2016.

"También deberá remitir toda la documentación que acredite los trámites previstos en las resoluciones de 2016 y 2017 del Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, y la resolución de 2009, del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia. Dichas normativas ratifican, instrumentan y posibilitan el Procedimiento para la verificación del cumplimiento de la obligación establecida en el artículo 22 de la Ley General del Ambiente Nro. 25.675", dice el parte de prensa oficial del Ministerio Público.

El procurador ofreció como prueba documental el expediente de actuaciones internas de 2008, caratulado "Fiscalía Correccional N§ 8 eleva actuaciones sobre medio ambiente: Frigorífico Brunetti", dividida en dos cuerpos con un total de 303, más documentación agregada. Abel Cornejo además hizo reserva de caso federal e internacional.

La empresa y la Municipalidad acordaron el traslado del establecimiento según la ordenanza 13.328. El plazo acordado para el traslado es de 360 días.

En 2013, la Municipalidad de Salta y el frigorífico Brunetti habían firmado un convenio para la relocalización del establecimiento cárnico en un nuevo predio, en los términos de la Ordenanza N§ 13.328. Dicha norma fue aprobada en 2008 a solicitud de vecinos de 30 barrios de la zona que denunciaban contaminación y malos olores.

Entre las cláusulas comprendidas se resaltaba que la empresa contaba con un plazo de relocalización de 360 días, con un máximo de 180 de prórroga por única vez, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 de la norma, los que comenzaban a correr a partir de la adquisición de un nuevo predio.

Se contemplaba que el traslado no afectara la continuidad de la producción de la empresa ni las fuentes laborales y que se generara el menor impacto económico y social en la zona de los barrios Solís Pizarro, Santa Lucia, Ilusión, San Rafael, Progreso, Sarmiento, La Rivera, La Ciénaga, Arenales y San José.

Se determinaba que el nuevo predio debía ubicarse en lugar que cumpla con las especificaciones técnicas relativas a las condiciones higiénico-

sanitarias y urbano-ambientales del municipio, la Provincia y la Nación Argentina.

Firmaron el entonces jefe de Gabinete, Roque Mascarello, en representación de la Municipalidad de Salta y el propietario de la empresa.

Vecinos y control

Por los reclamos de los vecinos del barrio Santa Lucía se había decidido el traslado de la planta hacia otro lugar. La empresa había solicitado un incentivo económico para que no se vea afectada la producción.
Se estableció también que los entonces concejales José Britos y Gastón Galíndez, que actualmente es secretario de Ambiente de la Municipalidad, serían los encargados de controlar la relocalización del firgorífico.
Ahora la Procuración reclama por vía judicial que la comuna informé en qué quedó el proyecto.
 

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