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El dominio de los recursos naturales

Diputados aprobó la ley que envió el Ejecutivo para que sea una herramienta ágil para exigir las acreencias provinciales.
Miércoles, 05 de junio de 2019 02:00

Diputados otorgó anoche media sanción a la ley que establece el procedimiento para la determinación de oficio del canon hidrocarburífero y de la regalía minera e hidrocarburífera.

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Diputados otorgó anoche media sanción a la ley que establece el procedimiento para la determinación de oficio del canon hidrocarburífero y de la regalía minera e hidrocarburífera.

El proyecto, que envió el Ejecutivo a la Legislatura, fue aprobado por unanimidad en la sesión que realizó anoche la Cámara Baja.

La iniciativa fue fundamentada en el recinto por el diputado por San Martín y presidente de la comisión de Energía y Combustibles, Lionel Ávalos (PRS).

En el mensaje que envió el Ejecutivo junto con la ley, que ahora pasó al Senado en revisión, se detalla que el proyecto propicia la actualización de la norma a los fines del control de la exploración y explotación de recursos naturales no renovables, a través de la simplificación de los procedimientos administrativos de determinación de deudas y de aplicación de sanciones.

Agrega que con ello se procura la incorporación en tiempo oportuno de los recursos financieros que de ellos provienen.

A partir de las obligaciones y procedimientos que introduce el proyecto, se identifican los sujetos responsables y se contempla la formalidad para la determinación de oficio del canon hidrocarburífero y de regalía minera e hidrocarburífera, cuya recaudación se encuentra encomendada a la Dirección General de Recursos Energéticos y Mineros de la Provincia.

Además, el proyecto de ley propicia reglar el procedimiento para aplicar sanciones pecuniarias, observando el principio del debido proceso adjetivo mediante la tramitación del sumario administrativo previo y la pertinente apertura a prueba.

Por otra parte, introduce el deber de colaboración de terceros a los fines de reunir información que facilite la determinación, control, cuantificación y estimación no solo del canon hidrocarburífero.

También de la regalía minera e hidrocarburífera y de los derechos del Estado Provincial en su condición de propietario superficiario. Ello, cuando el reconocimiento superficial en busca de hidrocarburos sea sobre su territorio.

 

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