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La Sala IV del Tribunal de Impugnación, en la lupa

Domingo, 14 de julio de 2019 00:53

El Consejo de la Magistratura resolvió convocar a concurso público para la selección de un juez en el Tribunal de Impugnación. Este cargo estaba vacante desde enero de este año con la partida de Luis Félix Costas. 

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El Consejo de la Magistratura resolvió convocar a concurso público para la selección de un juez en el Tribunal de Impugnación. Este cargo estaba vacante desde enero de este año con la partida de Luis Félix Costas. 

Lo que se advierte con esta decisión es que la futura designación del nuevo magistrado no resuelve el problema de fondo que viene planteando el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, respecto a la Sala IV de ese tribunal de alzada que fue conformada por tres jueces jubilados hace más de tres años. 

Por resolución de la Corte de Justicia de Salta del 26 de agosto de 2016 se dispuso obviar el llamado a concurso y convocar a Costas, Adolfo Antonio Figueroa y Antonio Omar Silisque para ocupar “transitoriamente esos cargos”. Según el instrumento del alto tribunal de Justicia, los nombrados debían permanecer en sus funciones “hasta la efectiva cobertura del cargo vacante, en los términos del artículo 16 y de la ley Nº 24.018”. Sin embargo, ya pasó bastante tiempo desde sus designaciones y los dos jueces que quedaron parece que van a permanecer en sus funciones por tiempo indeterminado, salvo que decidan seguir los pasos de Costas. 

Lo que se desprende de la resolución de marras es que la Corte de Justicia resolvió recurrir a los veteranos abogados porque el Poder Ejecutivo no contaba con los recursos necesarios para cumplir con el pago de sueldos de tres camaristas titulares. Todo indica que la situación en materia de recursos para la Justicia no se ha modificado porque el Gobierno apenas pudo liberar fondos para el nombramiento del reemplazante de Costas.

El artículo 16 de la ley 24.018 establece que los magistrados y funcionarios jubilados conservan el “estado judicial” y que pueden ocupar transitoriamente las vacancias en los puestos que desempeñaban al momento de cesar el servicio. En este caso, los designados pueden optar por cobrar la remuneración propia del cargo o continuar percibiendo la jubilación, más la tercera parte del sueldo que corresponda a la función que ejerzan. La norma legal también expresa que en la percepción de los haberes jubilatorios y de pensión los beneficiarios gozarán de los mismos derechos y exenciones que los magistrados y funcionarios en actividad.

A juicio del procurador Cornejo, la Sala IV de Impugnación está funcionando de manera irregular por considerar que los jueces que quedaron (Figueroa y Silisque) ya superaron con creces los dos años de permanencia en sus cargos. En ese sentido la ley 7.717, sancionada en mayo de 2012, es clara. El artículo 2 expresa que “el reemplazo durará lo que dure la ausencia o hasta que se cubra la vacancia, siendo en este último supuesto, el período de reemplazo no podrá exceder los dos años”.

Por esta situación el mes pasado Cornejo reclamó la necesidad de que el Consejo de la Magistratura resuelva cuanto antes esta cuestión. Sin embargo, ahora, el organismo judicial encargado de la selección de postulantes a magistrados y funcionarios hizo oído sordo a ese reclamo y llamó a concurso para reemplazar solo a juez que se fue. Con ello, el Poder Judicial decidió mantener en sus cargos a Figueroa y Silisque.

Según Cornejo, esta situación anómala ya había sido planteada por él cuando se desempeñaba como juez de la Corte de Justicia. Como prueba de ello afirmó que perdió en una votación ante sus pares cuando pidió el recambio de esos magistrados en virtud de los argumentos planteados. 

Frente a lo expuesto, sostuvo que nunca le supieron explicar por qué la Sala IV de Impugnación sigue funcionando en estas condiciones.

Las sospechas

El procurador Abel Cornejo volvió a la carga con esta cuestión el mes pasado cuando el juez Adolfo Figueroa dispuso la libertad y el sobreseimiento del cura Aguilera, uno de los religiosos acusado de “abuso sexual gravemente ultrajante”. Y potenció más aún su ira, luego, cuando el mismo magistrado revocó el requerimiento de elevación a juicio de la causa contra el sacerdote Rosa Torino, imputado por los mismos delito que Aguilera.

El 24 de junio, en una entrevista que le concedió a El Tribuno, Cornejo disparó una frase contundente: “Es llamativo que las apelaciones vayan siempre a los mismos jueces”. Con ello dejó entrever que detrás de esto se ocultaría una oscura maniobra. Por ello, resolvió involucrarse de llenó en estos casos y acompañó con su firma el nuevo pedido de requerimiento de juicio para Rosa Torino efectuado por la nueva fiscal de la causa.

Las sospechas del jefe de los fiscales respecto al proceder de los jueces jubilados se potenciaron con el antecedente de septiembre de 2017 cuando Costas otorgó el beneficio de la libertad a ese sacerdote. Rosa Torino había sido detenido en diciembre del año anterior, luego de la denuncia de dos exnovicios de su congregación religiosa que lo acusaron de abuso sexual.

A esto se sumó otro fallo polémico dictado, también en 2017, por Egdardo Albarracín, juez de otra sala del Tribunal de Impugnación. En este caso, el magistrado liberó a una exmonja acusada de abuso sexual en perjuicio de una menor de 13 años. Paradójicamente, la imputada tenía como antecedente haber sido una estrecha colaboradora de Rosa Torino en el Instituto Discípulos de Jesús de San Juan Bautista, la congregación religiosa creada por el sacerdote.

Los argumentos que esgrimió Albarracín para liberar a la acusada fue que la denunciante “estaba dentro del límite etario” , ya que a partir de los 13 años “se considera que la menor cuenta con capacidad para ejercer, sin cortapisa, su derecho a la autodeterminación sexual, siendo válido su consentimiento”.

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