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Ferro Podestá, el abogado multidenunciado, fue condenado a seis meses de prisión

El controvertido magistrado estaba acusado de violencia  de género en contra de su expareja a pesar de un pedido de restricción de acercamiento. 
Martes, 23 de julio de 2019 18:11

La jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Carolina Poma Salvadores, condenó a Carlos Rodolfo Ferro Podestá, de 39 años, a la pena de seis meses de prisión efectiva, por ser autor de los delitos de desobediencia judicial (un hecho), lesiones y amenazas en concurso real. 

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La jueza de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, Carolina Poma Salvadores, condenó a Carlos Rodolfo Ferro Podestá, de 39 años, a la pena de seis meses de prisión efectiva, por ser autor de los delitos de desobediencia judicial (un hecho), lesiones y amenazas en concurso real. 

Se trata del abogado e hijo del exintendente de General Pizarro que fue denunciado numerosas veces -al menos siete- por diferentes causas y que incluso en un tiempo estuvo prófugo de la justicia hasta que fue encontrado tomando un café en una estación de servicio de la zona del Portezuelo. Esta condena es la segunda después de la del año pasado por la que fue condenado a diez meses de prisión condicional, prohibición de acercamiento y tratamiento psicológico por golpear sin piedad a Luis Pablo Ibáñez, el letrado que finalmente logró llevar a juicio oral y público al empresario oriundo de Joaquín V. González. 

En este caso fue condenado a seis meses de prisión en la causa por la que su expareja lo denunció por violencia de género a pesar de la restricción de acercamiento que ya regía. 

En libertad por ahora

Hasta tanto se encuentre firme la sentencia el hombre continuará en libertad, y deberá cumplir las siguientes reglas de conducta: fijar domicilio en el radio del Tribunal por el término de dos años; prohibición de acercamiento en un radio no menor a 200 metros de la denunciante, su grupo familiar y de los lugares de concurrencia habitual. Tampoco podrá proferir insultos o palabras agraviantes por cualquier medio, inclusive por celular o a través de redes sociales. 

Además deberá abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas y da usar estupefacientes. Por último, tendrá la obligación de someterse tratamiento psicológico. 

Ferro Podestá resultó absuelto del delito de incumplimiento a los deberes de asistencia familiar por el que también había llegado acusado al juicio,  por no encuadrar su conducta en el delito imputado. En cuanto al delito de desobediencia judicial (un hecho), fue absuelto por aplicación del beneficio de la duda, “in dubio pro reo”. 

Sin perjuicio de ello, la sentencia dictada no se encuentra firme, ya que están corriendo los plazos para presentar los recursos que las partes estimen pertinentes.

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