¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

22°
25 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Aseguran que falta infraestructura para el régimen penal juvenil

La creación de nuevos cargos y la consolidación de las estructuras de los fiscales que investigan es fundamental.
Sabado, 24 de agosto de 2019 00:49

El nuevo régimen penal juvenil, aprobado en el 2018 a través de la Ley 8.097, debía comenzar a regir en septiembre en la provincia, pero esta semana se conoció que el Poder Ejecutivo envió en consulta a la Legislatura un proyecto de decreto de necesidad y urgencia (DNU), por el cual se prorroga la fecha de entrada en vigencia.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

El nuevo régimen penal juvenil, aprobado en el 2018 a través de la Ley 8.097, debía comenzar a regir en septiembre en la provincia, pero esta semana se conoció que el Poder Ejecutivo envió en consulta a la Legislatura un proyecto de decreto de necesidad y urgencia (DNU), por el cual se prorroga la fecha de entrada en vigencia.

Luego de que se conociera que el nuevo sistema aún no entrará en vigencia en la provincia, El Tribuno consultó a la asesora general de incapaces de la Provincia de Salta, Mirta Lapad, sobre la problemática. "Lo que ocurre es que no está implementada la infraestructura necesaria para llevar adelante los efectos que esta ley produce. Necesitamos fortalecimiento de la estructura del Ministerio Público y Poder Judicial porque pasamos de un proceso a otro", explicó Lapad.

El nuevo régimen implica que deben intervenir funcionarios especializados en la temática, por ejemplo, fiscales penales juveniles, defensores penales de menores y asesores de incapaces.

"Es necesario que todas estas estructuras se refuercen para llevar adelante el proceso. Como no se pudo designar nuevos cargos y poner en funcionamiento, se está pidiendo la prórroga de la entrada en vigencia del nuevo proceso acusatorio para menores", puntualizó la asesora.

"No son los mismos los condicionantes que se tienen para juzgar a un menor que a un adulto. Sí o sí hay que ir hacia este nuevo sistema acusatorio porque, así como está, resulta más gravoso para los menores que para los adultos. Es necesario e impostergable que se ponga en funcionamiento ese sistema. Lo que pasa es que, para que eso se dé, y sea un proceso acorde al mandato normativo es necesario que fortalezcamos un poco la infraestructura", detalló.

Y añadió: "Hay un montón de medidas alternativas al proceso que se podrían aplicar para menores y que están previstas para mayores. Hay medidas restaurativas para que el chico asuma su responsabilidad, pero que la víctima sienta el resarcimiento por lo ocurrido".

La creación de nuevos cargos y la consolidación de las estructuras de los fiscales a cargo de la investigación es fundamental.

Lapad diferenció, además, el proceso penal de menores, de la legislación de fondo. "Las provincias tienen competencia solo para regular la parte procesal, es decir, cuáles son las etapas que se deben tramitar para que un chico sea sancionado por el hecho delictivo. Esa parte se llama proceso penal de menores, es competencia de la Provincia y se prolonga", sostuvo.

"Otra cosa es el régimen penal juvenil de fondo, o sea, la legislación de fondo que es competencia del Congreso de la Nación. Tiene muchas implicancias el análisis de fondo de la ley que va mucho mas allá de la edad a la que son punibles. Eso es lo que se está dilatado en orden nacional. No avanza el debate de la legislación de fondo, que es distinta a la legislación de forma de la Provincia. Lo que corresponde a las provincias es cómo se va a sancionar el hecho delictivo, las etapas procesales, la investigación y las pruebas", finalizó.

Prórroga

Recientemente se supo que el nuevo régimen penal juvenil, aprobado en el 2018 a través de la Ley 8.097, aún no entrará en vigencia en la provincia.

El Ejecutivo envió en consulta a la Legislatura un proyecto de decreto de necesidad y urgencia (DNU), por el cual "se prorroga desde su vencimiento y por idéntico plazo al previsto en el artículo 31 de la Ley 8.097 la fecha de entrada en vigencia del Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes".

El proyecto de DNU tomará estado parlamentario en el Senado y será derivado a la comisión de Legislación General, del Trabajo y Régimen Previsional del cuerpo.

El artículo 31 establece que la Ley 8.097 entrará en vigencia "una vez que sean posesionados en su cargo los fiscales, defensores oficiales y asesores de incapaces necesarios para su efectivo cumplimiento, lo que no podrá exceder de un año a partir de la respectiva publicación. Vencido este plazo, el sistema legal establecido quedará vigente de modo pleno".

La ley provincial que implementa el Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes establece un procedimiento especial que se instaura mediante el régimen legal aprobado por las cámaras y que fue pedida por la Corte de Justicia provincial.

Se aplicará a causas por delitos cometidos exclusivamente o con participación de niñas, niños o adolescentes que, a la fecha de comisión del hecho, no hubiesen cumplido 18 años.

El proyecto legislativo fue propuesto a través de la acordada 12.186, en cuyos argumentos se detalló que el procedimiento establecido por las leyes vigentes resultaba insuficiente para hacer eficaz la protección reconocida a la niña, niño o adolescente en conflicto con la ley.

Tras ser aprobada por las cámaras legislativas, el Ejecutivo promulgó la ley el 3 de septiembre de 2018 mediante el decreto 1.030.

Carencias y falencias

El procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, también había advertido sobre la “imposibilidad fáctica” de poner en vigencia el régimen de responsabilidad penal para niñas, niños y adolescentes, que iba a regir desde el 5 de septiembre próximo.

Cornejo remitió al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia un documento en el que hizo conocer que no se podía implementar el nuevo sistema.

El artículo 31 de la ley Nº 8097 establece la entrada en vigencia del Régimen de Responsabilidad Penal para Niñas, Niños y Adolescentes. 

La ley fue publicada en el Boletín Oficial el 5 de septiembre de 2018 y debería entrar en vigencia el 5 de septiembre próximo.

El procurador había aludido a las “carencias y falencias que tornarían necesario disponer con carácter de urgente la prórroga” de las modificaciones. 

Entre otros aspectos, la norma establece que las facultades acordadas por la ley y por el Código Procesal Penal a la defensa técnica de la niña, niño o adolescentes, podrán ser ejercidas también por sus padres, tutores o guardadores, quienes actuarán autónomamente con patrocinio letrado obligatorio.

 

Temas de la nota

PUBLICIDAD