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“Los Simpson” zafaron de la cárcel por grietas en la investigación

“La verdad de las personas no está en sus palabras, sino en sus actos”.
Domingo, 04 de agosto de 2019 00:43

La fragilidad de las leyes, la poca efectividad en las investigaciones y la aplicación de penas con un criterio extremadamente legalista, muchas veces dejan un sabor amargo respecto a la administración de justicia. Esto es lo que se advirtió días pasados en el juicio a 15 integrantes de la autodenominada banda de “Los Simpson”, a quienes les aplicaron condenas que no superaron los tres años de prisión por una serie de delitos contra la propiedad. 

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La fragilidad de las leyes, la poca efectividad en las investigaciones y la aplicación de penas con un criterio extremadamente legalista, muchas veces dejan un sabor amargo respecto a la administración de justicia. Esto es lo que se advirtió días pasados en el juicio a 15 integrantes de la autodenominada banda de “Los Simpson”, a quienes les aplicaron condenas que no superaron los tres años de prisión por una serie de delitos contra la propiedad. 

Los dos únicos que quedaron presos fueron los reincidentes, en tanto que el resto volvió a su casa bajo apercibimiento de cumplir una serie reglas de conducta. Lo que ocurrió fue que las imputaciones más graves no pudieron ser probadas con el grado de certeza que exige la ley. A esa conclusión arribó la magistrada encargada de bajar el martillo.

Hasta febrero de 2017 los jóvenes mantuvieron en vilo a los vecinos de Villa Floresta, uno de los barrios más antiguos y olvidados de la ciudad de Salta. La fiscalía les atribuyó haber conformado una organización criminal que cometió numerosas entraderas, arrebatos en la vía pública, robos de vehículos y otros delitos. Lo hizo a partir de la investigación policial, quien reportó un informe que era una “pinturita” en cuanto a la responsabilidad de los acusados. En él se sostenía que el “modus operandi” del grupo consistía en ingresar a las viviendas en ausencia de sus moradores para apoderarse de todo lo que encontraban a su alcance. Es decir, robaban a sus propios vecinos, sin respetar “pelo ni marca”.

Para desbaratar el accionar de los ladrones, la Policía trabajó días, semanas y meses. Al menos eso es lo que se consignó en los informes de relevancia. Sin embargo, durante el desarrollo del juicio la cosa pasó de “castaño a oscuro”. La jueza Mónica Mukdsi advirtió que la investigación hizo “agua” por todos lados, al no haberse podido probar con grado de certeza el delito más grave que la fiscal penal Gabriela Dávalos les imputó a los acusados: “asociación ilícita”. Todos zafaron de que los sentenciaran a penas de hasta diez años de prisión. 

El Código Penal Argentino expresa que para que se configure la asociación ilícita debe probarse que un número de más de tres individuos pone en práctica un proyecto de ataque a la sociedad para la comisión de delitos indeterminados. En ese sentido la ley es muy estricta, ya que para demostrar que los hechos son cometidos por una asociación de personas, se requiere de la conjunción de una serie de elementos. 

El artículo 210 del Código Penal señala que para que se configure la figura legal de la asociación ilícita se tienen que dar al menos estos requisitos:

1) Debe participar un número no menor de tres personas.

2) Deben hacerlo en forma organizada, permanente y ponerse de acuerdo para cometer delitos.

3) Además, esa organización debe ser estable con la existencia de un vínculo de comunidad y pertenencia entre sus miembros.

De acuerdo con el fallo de la jueza Mukdsi, en el caso de “Los Simpson”, la fiscalía no pudo atar todos los cabos de estas consignas para sustentar la imputación. Por ello, la cosa quedó como que los robos a los vecinos de Villa Floresta no fue obra de una organización criminal, sino de un grupo de “rateros” que se dedicaba a desvalijar vivienda al boleo. Lo que hacían era robar “cada uno para su buche”, como reza el dicho popular, sin ningún tipo de planificación.

Por esta situación la magistrada dictó las penas en forma individual. A un sujeto apodado “Cara i’Cumbia”, de 23 años, lo condenó a tres años de prisión de ejecución condicional por “tentativa de robo en poblado y en banda y amenazas, agravado por la participación de un menor y robo de vehículo en la vía pública”. En tanto que a un tal Luna le aplicó la misma pena, por “tentativa de robo, coautor de tentativa de robo de vehículo y amenazas con arma”, pero lo envió a la cárcel por ser reincidente. Lo propio ocurrió con “Pollo” Ibarra, quien pese a ser sentenciado a solo tres meses de prisión, como coautor de “robo simple”, quedó detenido por sus antecedentes. De los 15 imputados, los dos últimos fueron los únicos que quedaron privados de su libertad.

A tenor de la resolución judicial, lo que surge de esta causa es que hubo falencias en la investigación, con el agravante de que a varios de los acusados les endilgaron hechos que no pudieron ser probado. En definitiva, la que se “tragó el sapo” fue la fiscal. No es la primera vez que esto sucede con causas que se cierran a como dé lugar. El caso de los chicos “Simpson” demostró que algo está fallando en materia de investigación. Un llamado de atención para la Policía y también para los responsables del control de la acción penal.

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