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El menor acusado de matar a Sandra Palomo seguirá internado

La fiscal del caso había solicitado medidas de seguridad para el presunto asesino, pese a ser inimputable. La jueza Penal Juvenil 1 hizo lugar al pedido.
Viernes, 30 de octubre de 2020 02:33

Luego de que la Justicia ordenara al Juzgado de Menores interviniente acelerar la decisión de liberar o mantener en un régimen de internación a L.N.C.V. quien está sindicado de ser el autor material del crimen de la docente formoseña Sandra Sylvia Palomo, hecho ocurrido el 31 de agosto del año pasado, ayer la jueza Penal Juvenil 1, Tatiana Dip Torres, dispuso medidas de seguridad para el acusado y de esa forma quedará internado en el Centro de Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal 1, donde continuará con el tratamiento psiquiátrico.

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Luego de que la Justicia ordenara al Juzgado de Menores interviniente acelerar la decisión de liberar o mantener en un régimen de internación a L.N.C.V. quien está sindicado de ser el autor material del crimen de la docente formoseña Sandra Sylvia Palomo, hecho ocurrido el 31 de agosto del año pasado, ayer la jueza Penal Juvenil 1, Tatiana Dip Torres, dispuso medidas de seguridad para el acusado y de esa forma quedará internado en el Centro de Jóvenes en Conflicto con la Ley Penal 1, donde continuará con el tratamiento psiquiátrico.

L.N.C.V. está acusado de ser autor del delito de "homicidio calificado por alevosía, ensañamiento criminis causa y por mediar violencia de género en perjuicio de Sandra Palomo". En el momento del violento asesinato el acusado tenía 15 años, en tal sentido su abogado defensor había solicitado el sobreseimiento por inimputabilidad.

La situación del menor acusado del femicidio de Sandra Palomo se ajusta al Régimen de Responsabilidad Penal para niños, niñas y adolescentes de Salta en la Ley 8.097, en su artículo 8 señala que será el juez penal juvenil quien ordenará las medidas que "resulten necesarias a efectos de comprobar su estado y situación personal". En tal sentido, es el juez penal juvenil, quien "dictará el sobreseimiento o dispondrá las medidas de seguridad correspondientes o remitirá los antecedentes a la Justicia civil a los efectos a que hubiere lugar. Las medidas de seguridad solo procederán si dos peritos psiquiatras concuerdan que la niña, niño o adolescente es peligroso para sí o para terceros".

En el caso de L.N.C.V., la junta médica concluyó que el menor presenta indicadores de comportamientos conductuales de riesgo para sí y terceros y las conclusiones del gabinete de psiquiatría. La jueza dispuso que en el caso, la medida de seguridad queda sujeta a su revisión en un plazo de seis meses, mientras dure el tratamiento psiquiátrico y psicológico del menor.

En septiembre la fiscal que investiga el hecho, Ana Inés Salinas Odorisio, requirió la elevación a juicio de la causa al Juzgado de Garantías 8, donde acusó al menor L.N.C.V. por el delito mencionado, en ese momento solicitó las medidas de seguridad pertinentes para el autor del crimen. Mientras la solicitud de juicio recayó también en los otros dos menores, R.D.C. y H.E.C., además de los coimputados mayores de edad, en calidad de partícipe secundarios por el delito de "homicidio calificado por alevosía, ensañamiento, criminis causa y por mediar violencia de género".

 

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