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Pidieron apartar de un caso a la fiscal Verónica Siemesen y ella salió al cruce

El juez Martini cuestionó un accionar con el teléfono que tenía el auxiliar Sergio Dantur. La fiscal aseguró que cada vez que se intenta investigar en Anta pasa lo mismo.
Martes, 15 de diciembre de 2020 01:31

Una polémica se instauró en la Ciudad Judicial y otra vez en suceso que ocurrieron llamativamente en Anta. En este caso, el juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación Luciano Martini comunicó "el apartamiento" de la fiscal Verónica Simesen de Bielke de dos causas en la que se encuentra imputado un comisario de Apolinario Saravia. 

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Una polémica se instauró en la Ciudad Judicial y otra vez en suceso que ocurrieron llamativamente en Anta. En este caso, el juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación Luciano Martini comunicó "el apartamiento" de la fiscal Verónica Simesen de Bielke de dos causas en la que se encuentra imputado un comisario de Apolinario Saravia. 

La noticia se difundió a través de la página oficial del Poder Judicial, lo que motivó una enérgica respuesta de la fiscal Simesen de Bielke. Afirmó que el juez "no tiene facultades" y que por lo tanto lo que solicita carece de validez. Hizo notar que en casos de Anta aparecen trabas para investigar.

“De todas maneras voy a esperar que resuelva el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo", de quien dijo tiene todo su apoyo en el trabajo realizado desde su fiscalía.

La resolución que tomó estado público es en la causa contra el comisario Walter Exequiel Mamaní, quien está acusado de los delitos de abuso de armas agravado, privación ilegítima de la libertad (dos hechos), falsedad ideológica (dos hechos) y vejaciones agravadas con fines de venganza. 

Este año, la fiscal imputó al auxiliar fiscal de J.V. González Delegación Apolinario Saravia-, Sergio Dantur, por los delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público y encubrimiento agravado en concurso real. Lo hizo en base a diálogos entre Mamaní y Dantur, que despiertan sospechas de una posble filtración de información para favorecer a Mamaní. 

Ahora hay otro giro con la medida del juez Martini. La causa llegó por recurso de reposición “in extremis” de la defensa de Sergio Dantur, argumentando en relación a la titularidad de la línea telefónica cuyo secuestro, según reza el parte judicial, “se hizo sin orden judicial y por directiva de la fiscal de Derechos Humanos”.

“La Fiscal había afirmado que la línea telefónica y el aparato secuestrados pertenecían al Ministerio Público, mientras que la defensa de Dantur expuso que dicha línea y aparato eran de su propiedad”, informaron desde la Justicia. 

“El uso de un teléfono y línea otorgada por el Ministerio Público Fiscal para el desempeño de un cargo también público posee esa naturaleza y, por ende, su retención e inspección por funcionario y aún agente -en este caso por cuestiones administrativas- de ese estamento no puede afectar, de ninguna manera, el derecho a la intimidad. Los teléfonos y líneas personales, en cambio, aún cuando se utilicen eventualmente para cuestiones laborales, son de propiedad de su titular y, consecuentemente, para sacarlos de su ámbito de custodia e inspeccionarlos es requisito “sine qua non” contar con la correspondiente orden judicial”, aclaró el juez. 

“La fiscal Simesen de Bielke en ejercicio de los deberes a su cargo informó de manera asertiva y reiterada ‘una falsedad determinante para resolver, que, a la postre, favoreció ilegítimamente su posición en detrimento de inviolables seguridades individuales, sin pasar por alto que dicha maniobra indujo a error a un órgano jurisdiccional”, señala el comunicado. 

Había afirmado además que el aparato y la línea telefónica en cuestión pertenecían al Ministerio Público por lo que “podía requerirlo, en cualquier momento, por decisión administrativa, por razones de servicio o por cualquier otra cuestión naciendo la consecuente obligación para el citado auxiliar fiscal -como depositario de tal objeto- de entregarlo”. De esta forma fundamentó la decisión de llevar adelante el secuestro sin orden judicial.

Para zanjar la cuestión, el juez requirió informe a la empresa “Personal” para que precise “datos personales, razón social o denominación del órgano u organismo, público o privado, del abonado al que corresponde la titularidad de la línea”. Y la empresa comunicó que el único titular de la línea era Dantur.

Al aclararse la propiedad de la línea y del aparato se modifica el escenario de lo actuado porque en el trámite anterior se había concluido que no se necesitaba orden judicial al tratarse de una línea oficial del Ministerio Público y en la ocasión se validó lo actuado por la funcionaria a cargo de la investigación. Y “a los pocos días de dictado el pronunciamiento, la misma funcionaria que informó la calidad oficial de los objetos en cuestión apure un pedido de “ratificación” de secuestro y extracción de datos. Ello, jurídicamente, importa un pedido dirigido a legalizar una situación irregular que, como tal, sólo sería procedente y lógica ante el conocimiento de que la calidad pública del aparato y la línea comunicada a este Tribunal, no se condice con la realidad.” 

En base a esto, el juez concluyó que debía anularse el punto I de la resolución que fuera dictada el 14 de octubre y que dejaba sin efecto el punto X de la resolución del Juzgado de Garantías de J. V. González.

“La actuación de la fiscal de Derechos Humanos, Verónica Simesen de Bielke, eventualmente podría resultar constitutiva de infracciones previstas en el Código Penal, sean en perjuicio de la administración pública, la fe pública u otros bienes jurídicos” por lo que debe ser apartada de la causa corriendo vista a la fiscalía que por turno y materia corresponda.

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