¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

14°
19 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Piden investigar a una madre y su hija: creen que ellas propagaron el coronavirus en Chaco

Las mujeres regresaron de España con la infección, pero mantuvieron contacto con otros adultos y el primer niño infectado hasta una semana después, cuando comenzaron con los síntomas.
Jueves, 19 de marzo de 2020 01:32

Una madre de 71 años y su hija, de 34, serían responsables de la propagación del coronavirus en Chaco, donde los infectados ya son 10 (además de un fallecido): los “casos cero”, la línea directa con la infección del primer niño afectado en el país. Por eso, dos fiscales federales de esa provincia imputaron a las mujeres por el delito de propagar una enfermedad (artículo 202 del Código Penal) y solicitaron a la Justicia Federal activar una investigación para juntar pruebas de esta hipótesis.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Una madre de 71 años y su hija, de 34, serían responsables de la propagación del coronavirus en Chaco, donde los infectados ya son 10 (además de un fallecido): los “casos cero”, la línea directa con la infección del primer niño afectado en el país. Por eso, dos fiscales federales de esa provincia imputaron a las mujeres por el delito de propagar una enfermedad (artículo 202 del Código Penal) y solicitaron a la Justicia Federal activar una investigación para juntar pruebas de esta hipótesis.

El requerimiento de instrucción fue presentado este martes por los fiscales Patricio Sabadini, fiscal federal de Primera Instancia, y Federico Carniel, fiscal general ante la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, a la jueza federal Zunilda Niremperger y se basa en una nota publicada por Infobae donde se describe la línea de contagio en Chaco.

En el apartado tercero del pedido, los investigadores le explican a la magistrada que “conforme surge de la noticia periodística de titulo ‘La historia del primer niño con coronavirus en Sudamérica y los seis casos positivos en Chaco: la cronología de un contagio’, publicada en el portal digital de noticias infobae.com, y se agrega al presente, surge que el Ministerio de Salud de Chaco informó un séptimo caso de coronavirus en el territorio provincial. En tal sentido, salvo César Cotichelli, quien murió por los efectos del virus el viernes 13 de marzo, los otros seis pacientes responden a la misma línea de contagio: dos mujeres que volvieron de un viaje por Europa y, al llegar, no entraron en cuarentena correspondiente".

Para Sabadini y Carniel, las conductas de ambas mujeres se insertan en el marco de una emergencia sanitaria mundial “de público y general conocimiento, decretada por la Organización Mundial de la Salud”, con el agravante, según los investigadores, de que la madre, de 71 años, sería médica de profesión, “lo que la coloca, como profesional de la salud, ante una situación especial de garantía y conocimiento especializado, que tornan de mayor gravedad a las infracciones incurridas de cara a la lesión del bien jurídico salud pública”.

El artículo 202 del Código Penal, que pretenden aplicarles a las mujeres, dispone una pena de prisión de 3 a 15 años para "el que propagare una enfermedad peligrosa y contagiosa para las personas”.

“La norma penal tiene como anclaje de protección el bien jurídico ‘Salud púbica’, procurándose evitar con la tipificación de estas conductas, la propagación de una enfermedad peligrosa y contagiosa que afecte a las personas de manera indeterminada”, consideraron los fiscales en el requerimiento, al que tuvo acceso este medio.

Además, entendieron que para cometer este delito de propagación, no es necesario contagiar a alguna persona, sino que poner en riesgo a los demás ya es una conducta peligrosa.

“Para la consumación del delito es suficiente el acto de propagación, es decir de difusión de gérmenes, aunque no se afecte a ninguna persona. La jurisprudencia ha sostenido en este sentido que ‘se trata de un delito de peligro, y que para la tipicidad no se requiere un cuerpo enfermo, sino la sola existencia de una enfermedad, un acto propagador y las condiciones de contagiosa y peligrosa para aquella’", describieron los fiscales a la jueza Niremperger.

Para Sabadini y Carniel se trata de una propagación dolosa, ya que según ellos, ambas mujeres conocían que podían estar propagando una enfermedad y no hicieron nada para evitarlo.

Entre otras medidas de prueba, los fiscales solicitaron a la jueza que se envíe un oficio al Ministerio de Salud chaqueño para que informe los datos de individualización y domicilio de los ciudadanos de esa provincia que dieron positivo para Coronavirus y que informe el mapa de personas presuntamente comprometidas por el contacto con estas dos mujeres y el padre del menor de edad contagiado. Además de la cadena de contactos que podrían haber establecido las dos imputadas desde su regreso al país.

Temas de la nota

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Temas de la nota

PUBLICIDAD