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Una mujer que degolló a su hija volvería libre a su casa

Fue declarada inimputable, los peritos aconsejan su internación, pero la Ley de Salud Mental impide al juez ordenar su hospitalización; procuran darle un tratamiento especial 
Domingo, 08 de marzo de 2020 01:10

 La Ley Nacional de Salud Mental 26.657, enmarcada en las nuevas corrientes abolicionistas, alienta la externación de los pacientes psiquiátricos y la eliminación de los neuropsiquiátricos de puertas cerradas.

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 La Ley Nacional de Salud Mental 26.657, enmarcada en las nuevas corrientes abolicionistas, alienta la externación de los pacientes psiquiátricos y la eliminación de los neuropsiquiátricos de puertas cerradas.

Es decir, determina que la persona con alteraciones mentales debe ser asistida por su familia, más allá de lo peligrosa que pueda tornarse su conducta.

Este es el caso de Angélica Soledad Gómez, de 49 años, quien el 10 de octubre de 2018 degolló y tapó con basura a su hija Victoria, de 9 años. 

La mujer llevó a la nena a comprar alfajores y la acuchilló cerca de su casa, en el barrio porteño de Flores.

La Justicia la declaró inimputable y la sobreseyó, luego de que una junta médica concluyera que al momento del hecho no comprendió la criminalidad de sus actos ni dirigió sus acciones.

A partir de su sobreseimiento, Gómez ya fue externada del Programa Interministerial de Salud Mental Argentina (Prisma) que funciona en la cárcel de Ezeiza, y fue derivada al hospital neuropsiquiátrico Braulio Moyano, donde, en breve, podría ser dada de alta.

Paradojas de la ley

El sobreseimiento fue dictado por el juez en lo Criminal y Correccional 20, Hugo Decaria, en una resolución donde además ordenó que la fiscal Silvana Russi investigue la posible responsabilidad penal que pudieron haber tenido el marido de Gómez, Alfredo Martínez, y los médicos del Hospital Alvear, por no haber internado a la mujer una semana antes del hecho, lo que quizás hubiera evitado el filicidio.

 Angélica Gómez tenía antecedentes psiquiátricos y el 3 de octubre de 2018 los médicos que la trataban en el Alvear diagnosticaron un cuadro de “depresión” y recomendaron su internación, pero el marido se negó y se le dio un tratamiento ambulatorio.

 “Si la paciente presentaba indicadores de riesgo cierto e inminente se debió haber ordenado su internación involuntaria, independientemente de la voluntad del esposo”, señala Decaria en su resolución.

 El matrimonio Martínez-Gómez tiene otros dos hijos varones menores de edad, que debido a antecedentes de violencia en el seno familiar viven con otro familiar por orden de la Justicia de Familia.

El horror

La noche del crimen la policía encontró el cadáver de Victoria tapado con cartones y bolsas de residuos entre dos autos estacionados. Las cámaras de seguridad mostraron que Gómez llegó con su hija de la mano, se metió entre los dos autos, más tarde salió sin la nena y regresó a cubrir el cuerpo con elementos que sacó de un contenedor de basura. Madre e hija vivían a ocho cuadras del sitio del homicidio, en un edificio donde su marido era encargado, y del que la mujer se llevó a la nena con la excusa de que iban a “comprar alfajores” a la panadería.

El juez sobreseyó a Gómez luego de meses de estudios psiquiátricos y a partir de las conclusiones a las que arribaron seis expertos del Cuerpo Médico Forense (CMF).

Los peritos afirmaron que a partir del tratamiento que la mujer recibió en el Prisma, “las facultades mentales en el aquí y el ahora guardan parámetros compatibles con la normalidad”.

Sin embargo, más adelante, destacan que Gómez “tiene un potencial suicida muy alto y carece de una adecuada continencia familiar”, por lo que recomendaron “continuar con tratamiento psiquiátrico y psicológico” y con una “internación a puertas cerradas”.

Pero la Ley Nacional de Salud Mental establece que no puede ser internada y Prisma es un lugar para personas a disposición de la Justicia penal. Al sobreseerla, Decaria ordenó externar a Gómez del Prisma y derivarla al hospital Moyano, donde estaban evaluando la posibilidad de incluir a Gómez en el “régimen de permisos de salida acompañada por un familiar”.

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