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Régimen para redeterminar precios de obras publicas

Será establecido por ley. La iniciativa ingresó al Senado en la sesión pasada.
Lunes, 25 de mayo de 2020 02:30

El proyecto de ley para establecer un régimen provincial de redeterminación de precios por reconocimiento de variación de costos para las obras públicas ya tomó estado parlamentario en la última sesión de la Cámara Alta.

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El proyecto de ley para establecer un régimen provincial de redeterminación de precios por reconocimiento de variación de costos para las obras públicas ya tomó estado parlamentario en la última sesión de la Cámara Alta.

La iniciativa fue presentada luego de que los senadores se reunieran con el presidente del Instituto Provincial de Vivienda (IPV), Gustavo Carrizo, quien informó que la Nación adeuda al organismo 700 millones de pesos en concepto de certificados y redeterminaciones de obras.

El titular del IPV explicó que esas redeterminaciones debieron ser asumidas por la Provincia ante el retraso en las liquidaciones y para evitar la paralización de obras y puntualizó que esa erogación provoca, hasta su recuperación, un desfinanciamiento en el organismo.

El régimen provincial para aplicar sobre contratos regidos por la ley 8072/18, tendrá como objetivo mantener el equilibrio de la ecuación económico financiera de los contratos de obras públicas ante las fluctuaciones de precios que impactan en sus costos por efectos de la inflación.

Establecerá que los precios de los contratos, correspondientes a la obra faltante de ejecutar, podrán ser redeterminados cuando los costos reflejen una variación y ese porcentaje permanecerá vigente y será aplicable según se establezca, se anticipó desde el Senado.

Además, el próximo régimen también fijará que los nuevos precios se determinarán ponderando ciertos factores según su incidencia en el precio total de la prestación como; el precio de los materiales y demás bienes incorporados a la obra; el costo de mano de obra y todo otro elemento que resulte significativo.

Los precios de los contratos se redeterminarán a partir del mes en que los costos hayan tenido una variación promedio que superen los límites del mismo y serán los precios o índices de referencia a utilizar los que informen organismos especializados.

En los fundamentos el proyecto se sostiene que "surge la necesidad de efectuar adecuaciones al régimen a fin de continuar impulsando la transparencia en el cálculo de redeterminaciones de precios por variaciones de costos; debiéndose contemplar mecanismos para resolver los efectos que provocan las fluctuaciones de precios que im pactan en los costos".

 

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