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Sanción por no respetar los precios máximos

Encontraron oculta en depósitos mercadería que no se ofrecía en las góndolas.
Miércoles, 06 de mayo de 2020 03:05

La Secretaría de Defensa del Consumidor informó que sancionaron a supermercados que no respetaban los precios máximos estipulados a través de resoluciones del Gobierno nacional. Además, durante una inspección descubrieron que en un local tenían oculta mercadería que debía estar en las góndolas y productos vencidos.

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La Secretaría de Defensa del Consumidor informó que sancionaron a supermercados que no respetaban los precios máximos estipulados a través de resoluciones del Gobierno nacional. Además, durante una inspección descubrieron que en un local tenían oculta mercadería que debía estar en las góndolas y productos vencidos.

El organismo realiza controles de precios máximos en comercios locales, en el marco de las resoluciones del Gobierno nacional. En los últimos días, los inspectores visitaron 12 supermercados chinos de la zona centro y de los barrios Santa Ana I y II, El Tribuno y zona oeste.

Durante el recorrido se pudo verificar que la mayoría de estos comercios no contaban con el listado de precios con declaración jurada al 6 de marzo de este año, por lo que se les labraron actas de infracción.

En un supermercado de barrio El Tribuno se constató que los dueños tenían mercadería oculta en un depósito. Algunos de los productos que no se ofrecían en las góndolas pero estaban almacenados eran harina Cañuelas y fideos Favorita. Además, tenían productos con sobreprecios. Allí los funcionarios obligaron al comercio a retrotraer los valores, exhibirlos y reponer los productos.

En otro de los comercios, ubicado en el pasaje Santa Victoria, se encontró un aceite vegetal vencido, además de sobreprecios. También en este caso se labraron actas.

En todos esos casos los funcionarios ordenaron a los propietarios corregir esas conductas "de forma inmediata".

Descuentos

La Secretaría de Defensa del Consumidor informó a los beneficiarios del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE) que deben reclamar si les realizan algún tipo de descuento para cobrar en una entidad bancaria. El monto que deben recibir es de $ 10 mil.

"Según lo dispuesto por el Banco Central de la República Argentina, no deben ser descontados del IFE ni cuotas de préstamos otorgados con o sin código de descuento, ni comisiones o cargos por servicios adicionales", aclararon.

Destacaron que el decreto 310/20 del Poder Ejecutivo Nacional define al IFE como un ingreso excepcional de carácter netamente alimentario y que, por lo tanto, "no corresponde deducir de ese beneficio ningún tipo de concepto, sea por operaciones concertadas con la propia entidad financiera pagadora o con terceros".

La secretaria de Defensa del Consumidor, María Pía Saravia, informó que "las entidades bancarias alcanzadas con la medida deberán evitar cualquier tipo de descuento y, de llegar a suceder, generar mecanismos simples para el reintegro inmediato".

 

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