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Casos Terrón Villagrán y Leiseca: "Investigaremos si existió algún tipo de irregularidad tendiente a brindar beneficios", dijo el fiscal Ramos Ossorio

Así lo anticipó el fiscal. Junto con su par, Rodrigo González Miralpeix, conforman la Unidad Fiscal creada por el procurador general para analizar e investigar los supuestos beneficios concedidos a los condenados.
Jueves, 16 de julio de 2020 13:24

El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio forma parte de la Unidad Fiscal creada por el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, para la investigación de la averiguación preliminar sobre noticia criminis, referida a supuestos beneficios penitenciarios concedidos a los condenados Francisco Terrón Villagrán y Aldana Leiseca por parte del Juzgado de Ejecución 1 a cargo del j Darío Quinteros 

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El fiscal penal Ramiro Ramos Ossorio forma parte de la Unidad Fiscal creada por el procurador general de la Provincia, Abel Cornejo, para la investigación de la averiguación preliminar sobre noticia criminis, referida a supuestos beneficios penitenciarios concedidos a los condenados Francisco Terrón Villagrán y Aldana Leiseca por parte del Juzgado de Ejecución 1 a cargo del j Darío Quinteros 

En diálogo con Radio Salta, el fiscal Ramos Ossorio, explicó que la resolución fue dispuesta por la Procuración ayer y que tanto el como el fiscal González Miralpeix integran la unidad que tiende a verificar la existencia de posibles irregularidades en la concesión de beneficios liberatorios.

"La comisión formal tiende justamente a realizar tareas investigativas para verificar si es que acaso existió algún tipo de irregularidad tendiente a brindar beneficios o permitir que accedan a beneficios personas que no estaban en condiciones de hacerlo", expresó Ramos Ossorio.

Aclaró que en principio la Unidad Fiscal esta abocada a los casos de Terrón Villagrán y Aldana Leiseca en particular pero "sin perjuicio de que si acaso se verificara una estructura que haya actuado en similar temperamento en otros casos, se podría ampliar eso, pero en principio es para estos dos hechos".

Destacó que con el fiscal Miralpeix tienen que analizar desde el punto de vista objetivo, desde el deber que les exige el código procesal, que es verificar e investigar la existencia de conducta delictiva.

Al ser consultado por el periodista Maximiliano Rodríguez sobre la gravedad de los delitos que pesan sobre los condenados y la posibilidad de que la norma escrita ampare legalmente a los jueces en este tipo de decisiones, el fiscal Ramos Ossorio respondió que: "La concepción de decir que se trata de una actividad ilegal sería un poco mucho si necesariamente tenemos que constatar que los beneficios liberatorios están previstos por la ley. Hay una ley que contempla la posibilidad de que una persona condenada y penada empiece a acceder a beneficios liberatorios que deben ser monitoreados y que obviamente dependen de muchísimos factores: el paso del tiempo, dictámenes favorables, psicólogos, es decir, hay una serie de pautas que se deben cumplir fielmente y que están dispuestas de manera taxativa. Justamente nuestra intención es verificar la estricta o rigurosa observancia de todas esas pautas".

Agregó que se constatará que a la hora de haberse dictaminado en forma favorable para el acceso a los beneficios, esos dictámenes hayan sido elaborados de manera correcta.

"Esos dictámenes de beneficios a veces desde el punto de vista de la sociedad pueden sonar o verse de manera negativa pero en rigor si se cumplen con las pautas que la ley exige, la persona también con el paso del tiempo tiene derecho a empezar a recuperar de diferentes formas o de manera paulatina su libertad", explicó.

Al ser preguntado sobre si el juez de Ejecución 1 estaría complicado ya que solo tomó una pericia psicológica de parte como referencia en el caso de Terrón Villagrán, y no del Estado, el fiscal contestó: "Eso es parte de las tareas de investigación y constatación de la observancia regular de todos los requisitos. No de ese puntualmente que como usted bien dice. Aunque no intervine en la causa, está el doctor Miralpeix en esta y yo ya estuve en contacto con el. Estuvimos hablando y me hizo saber esta situación que usted bien dice que se trata de un dictamen pericial de parte con todo lo que ello implica. Un perito de parte actúa a pedido o voluntad de lo que le solicita la parte". 

Ramos Ossorio destacó que: "Las penas se han hecho para cumplirse y los beneficios liberatorios están taxativamente dispuestos por la ley para que sean algo extraordinario, o sea, lo ordinario es que la pena se cumpla de manera efectiva y regular conforme al plazo que le impuso el tribunal que condeno, lo extraordinario es que se accedan a estos beneficios cuando se cumplen rigurosamente las pautas que fija la ley, hacia ello tenderemos, a verificar si justamente no existe ninguna irregularidad o simplemente constatar que se llevo adelante el procedimiento de manera regular que puede ser una alternativa". 

Finalmente se refirió a los plazos para la investigación. "La etapa de averiguación preliminar está prevista en 15 días", finalizó el fiscal. 

Los sentenciados

Francisco Javier Terrón Villagrán, abogado, recibió la libertad condicional tras haber sido penado en 2016 con 5 años y 9 meses de prisión efectiva por los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante en perjuicio de una menor de 8 años, abuso sexual simple contra P. F. y distribución y facilitación de pornografía infantil, todo en concurso real. Mientras que Leiseca en 2015 fue condenada a 8 años de prisión por el homicidio simple con dolo eventual de Sabrina Berton (17) ocurrido el 14 de marzo de 2008, ahora le dieron la “semilibertad” y “salidas transitorias”.

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