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Reclamaba el pago de mejoras en un inmueble, pero no tenía autorización para hacerlas

Una mujer retenía un inmueble, porque argumentaba que realizó reformas en la locación y pedía un resarcimiento, pero la Justicia, en dos instancias, rechazó su demanda.
Miércoles, 22 de julio de 2020 02:03

La Justicia salteña, en segunda instancia, rechazó un recurso de apelación contra una resolución de primera instancia que no hizo lugar a un incidente de retención de inmueble por falta de pago de mejoras.

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La Justicia salteña, en segunda instancia, rechazó un recurso de apelación contra una resolución de primera instancia que no hizo lugar a un incidente de retención de inmueble por falta de pago de mejoras.

Para apelar, la mujer incorporó prueba documental junto con el recurso respectivo señalando que la resolución de primera instancia desconoció la inversión propia realizada, además de señalar que es la única poseedora del inmueble en cuestión.

Los jueces Ricardo Casali Rey y Gonzalo Mariño, de la Sala Primera de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, señalaron que los documentos ofrecidos por la ocupante del inmueble son en su mayor parte instrumentos confeccionados relativamente hace poco tiempo, emitidos por ella. Incluso ofreció como prueba un cuaderno personal donde llevaba los gastos realizados vale decir que "deviene razonable considerar que tenía que conocerlos o disponer de ellos al momento de la traba de la litis o con anterioridad al llamado de autos para la sentencia de primera instancia, por lo que resulta inverosímil la alegación formulada por la recurrente".

"Agregar documentos al apelar es una facultad excepcional", recordaron. De allí que consideraron que "no resulta admisible la prueba presentada".

Retención

Respecto del objeto de la demanda de retener el inmueble hasta tanto se le paguen las mejoras realizadas y que se ordene la suspensión de cualquier medida de desalojo hasta que se compense económicamente dichos trabajos los jueces apuntaron que la "facultad de retener nace de la ley. El derecho de retención existe siempre que se den los presupuestos o requisitos que el ordenamiento jurídico menciona".

Y advirtieron que "sólo puede retener quien es acreedor y el crédito debe ser cierto y exigible".

El inmueble en disputa se compone de tres unidades. En las dos unidades restantes las pericias indicaron que las mejoras fueron realizadas antes de que la ocupante ingresara al inmueble.

Consideraron que a la sentencia de primera instancia le asiste razón en cuanto a que "no se ha logrado acreditar que las construcciones o mejoras, existentes en el inmueble sobre el que pretende se le reconozca el derecho de retención, hayan sido realizadas por su parte".

Es que no se adjuntó prueba "inequívoca, eficiente, conducente y relevante para determinar quién solventó y cargó económicamente con la construcción de las mejoras. No existe en el juicio elemento alguno que acredite que fue quien pagó por esas mejoras con su dinero, por lo que dicha omisión no puede ser suplida con la prueba pericial o con la inspección ocular, las que en todo caso sólo pueden dar cuenta de la existencia de las mejoras, de la antigedad de las mismas y de su valor".

Más aún, recordaron que el informe pericial en la causa reveló que la antigedad de una de las mejoras es de aproximadamente cinco años atrás, es decir posterior a que se notificara a la ocupante del inmueble sobre la prohibición de innovar, es decir dejar las cosas como estaban a ese momento.

Pretensión

Por ello la ocupante del inmueble "no puede pretender el pago de mejoras que le estaba prohibido realizar y tampoco existe ninguna constancia de que se la haya autorizado judicialmente a tal fin, por lo que las modificaciones que pueda haber realizado sobre el inmueble, luego de conocer la medida cautelar, son bajo su exclusiva responsabilidad".

Incluso conocía la existencia del juicio de reivindicación en su contra donde había sido declara rebelde donde no presentó prueba alguna por lo que existía la posibilidad de ser desapoderada del bien el litigio.

 

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