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El Senado aprobó la ley que regula el teletrabajo 

La iniciativa establece una serie de principios generales para la nueva modalidad laboral -extendida durante la pandemia de COVID-19 y el aislamiento- y deja las regulaciones específicas en manos de los convenios colectivos de cada sector.
Jueves, 30 de julio de 2020 18:23

El oficialismo aprobó ayer en el Senado y convirtió en ley el proyecto para regular el teletrabajo, en una votación dividida y con objeciones de la oposición por la negativa a modificar la redacción de la nueva norma.

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El oficialismo aprobó ayer en el Senado y convirtió en ley el proyecto para regular el teletrabajo, en una votación dividida y con objeciones de la oposición por la negativa a modificar la redacción de la nueva norma.

La ley fue aprobada con 40 votos a favor y 30 en contra, luego de un debate de poco más de tres horas, en las que el Frente de Todos justificó el avance en la sanción de la ley sin modificaciones y Juntos por el Cambio criticó la ausencia de correcciones.

La nueva norma establece una serie de principios generales para la nueva modalidad laboral -extendida durante la pandemia de Covid-19 y el aislamiento- y deja las regulaciones específicas en manos de los convenios colectivos de cada sector.

Entre las objeciones de la oposición, coincidentes con las de las cámaras empresariales, se encuentra el punto de la ley referido a la reversibilidad, que habilita al trabajador en modalidad remota a volver a su puesto presencial cuando así lo quiera, sin que el empleador pueda poner reparos.

Al inicio del debate, el oficialista Daniel Lovera, presidente de la Comisión de Trabajo, indicó que la negativa a aceptar cambios se basó en que "es un texto al que se arribó desde diferentes iniciativas, escuchando a todos los sectores, y que protege a los trabajadores".

"Hemos escuchado inclusive a sectores propiciar la ausencia de regulación para no entorpecer el mercado y sus posibilidades de crecimiento. La falta de regulación no solo genera conflictos, sino que genera abusos", agregó.

Al respecto, Lovera remarcó que "es imprescindible contar con un marco regulatorio para evitar que se afecten derechos" y que "serán las negociaciones colectivas las que definan cada una de las particularidades (del teletrabajo) en cada actividad".

Por su parte, Esteban Bullrich, de Juntos por el Cambio, subrayó: "Aquí estamos una vez más para votar una ley sin cambios. Los argumentos de siempre, pero ahora con un relato que habla de consenso mayoritario y del proceso de escucha que hubo en esta ley".

"Al no haber modificaciones claramente no hay consenso", señaló Bullrich quien, al igual que otros senadores de la oposición advirtió que la ley tal como está no promoverá la modalidad de teletrabajo sino que la dificultará.

Una de las sorpresas de la votación fue el rionegrino Alberto Weretilneck, que desde su bloque unipersonal suele acompañar al oficialismo pero en este caso votó en contra y argumentó: "Como toda cosa apurada y producto de la urgencia, no creo que esta ley sirva para el objetivo que se plantea".

En tanto, Julio Cobos, de Juntos por el Cambio, destacó que el proyecto "no viene del Ejecutivo y no salió del oficialismo, sino que surge de muchos proyectos presentados en la Cámara de Diputados", donde la oposición "acompañó".

Al respecto, agregó: "Entonces, nosotros no nos estamos oponiendo, estamos tratando de ejercer el rol de cámara revisora, pero se pierde la oportunidad de hacer una buena ley".

A modo de cierre del debate, el oficialista Mariano Recalde sostuvo que "se escuchan predicciones apocalípticas cada vez que se trata de ampliar derechos para los trabajadores" y subrayó que "durante los 12 años de gobierno kirchnerista se trataron 69 leyes laborales y decían las mismas cosas".

"Sin embargo los números demuestran otras cosas", continuó el senador del Frente de Todos, quien precisó que "en 2003 la cantidad de empleadores era de 355.476, en 2015, después de 69 leyes laborales que iban a ser una catástrofe, la cantidad de empresas llegaron a 568.737".

 Y concluyó: "La ley de teletrabajo no va a ser un obstáculo para que esta modalidad, que ya existía y se aceleró durante la pandemia, siga creciendo".

Los puntos principales

Los puntos principales de la ley que regula la modalidad denominada teletrabajo, que el Senado sancionó hoy por 40 votos a favor y 30 en contra.

  • La ley entrará en vigencia después de 90 días contados a partir de que el Gobierno declare el fin de la cuarentena.
  • La norma garantiza a quienes realicen trabajo a distancia los mismos derechos y obligaciones de la modalidad presencial.
  • La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo en acuerdo con los límites legales y convencionales vigentes.
  • Se establece el derecho a la desconexión, que le permitirá al trabajador desconectarse fuera de la jornada laboral y en los períodos de licencias.
  • El empleador debe proporcionar el equipamiento, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja.
  • Los que realicen teletrabajo tendrán derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y por consumo de servicios, los cuales estarán exentos del Impuesto a las Ganancias.
  • Se sanciona el concepto de reversibilidad por el cual un trabajador podrá a volver a realizar trabajo presencial en cualquier momento y sin previo aviso.
  • También garantiza el derecho a la intimidad al establecer que el control destinado a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del empleador deberán contar con participación sindical a fin de salvaguardar la privacidad del empleado y de su domicilio".
  • Tareas compartidas. Las personas que trabajen bajo esta modalidad y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica tendrán derecho a horarios compatibles con éstas tareas o a interrumpir la jornada laboral.
  • La decisión de realizar el trabajo en domicilio, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito.
  • Los teletrabajadores serán representados por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios.
  • El uso de personal extranjero en esta modalidad requerirá la autorización previa de la autoridad de aplicación. Los convenios colectivos deberán establecer un tope máximo para estas contrataciones.

FUENTE: LA NACIÓN 

 

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