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Atención salteños: la Declaración Jurada de Circulación se deberá renovar semanalmente

Todos los permisos, tanto los emitidos antes del 23/08/20, como los que se emitan a partir de esa fecha, caducarán el 30/08/20. El COE dispuso que la vigencia de las Declaraciones Juradas de Circulación será de 7 días.
Lunes, 24 de agosto de 2020 16:49

Ante la situación epidemiológica de la provincia por la pandemia por coronavirus, el Comité Operativo de Emergencia (COE) dispuso que aquellas personas que se encuentren en el grupo de rubros, actividades, o servicios exceptuados para circular, deben completar una nueva Declaración Jurada de Circulación que tendrá vigencia semanal. 

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Ante la situación epidemiológica de la provincia por la pandemia por coronavirus, el Comité Operativo de Emergencia (COE) dispuso que aquellas personas que se encuentren en el grupo de rubros, actividades, o servicios exceptuados para circular, deben completar una nueva Declaración Jurada de Circulación que tendrá vigencia semanal. 

Para completar la Declaración Jurada para Circular deben ingresar a  https://solicitudparacircular1.salta.gob.ar/declaraciones-juradas/create.

  • La Declaración Jurada debe presentarse acompañada con el D.N.I y la documentación respaldatoria ante las autoridades estatales de control.
  • Esta nueva disposición rige para todos los departamentos de la provincia.

¿Cuando es necesario contar con permisos para circular?

  • En toda la provincia para la circulación entre las 00 y las 6 hs., ya que solo pueden circular en ese horario las actividades esenciales.
  • Internamente en los municipios del departamento San Martín: las personas que desarrollan actividades esenciales precisan el permiso para circular, ya que ese departamento se encuentra en Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (ASPO) 
  • Para poder usar el transporte público urbano de pasajeros.
  • Cuando se movilicen entre municipios, o por fuera del Área metropolitana. El DNU 677 y la Res. 35 del COE establecen la prohibición de circular fuera de los mismos. Las excepciones son las actividades esenciales.

Vigencia

  • Los permisos (Declaraciones Juradas de Circulación) emitidos con anterioridad al 23/08/2020 tendrán vigencia hasta el 30/08.
  • Los que se emitan a partir del 23/08/2020 tendrán una vigencia de 7 días.
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