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La importancia de entender la perspectiva de género

Entrevista con María Laura Toledo Zamora, jueza, magíster en magistratura.
Domingo, 10 de enero de 2021 02:07

La Dra. María Laura Toledo Zamora se desempeña como jueza del Tribunal de Juicio de la sala II en el Distrito Judicial de Orán; además tiene asignada la competencia de menores en conflicto con la ley penal.

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La Dra. María Laura Toledo Zamora se desempeña como jueza del Tribunal de Juicio de la sala II en el Distrito Judicial de Orán; además tiene asignada la competencia de menores en conflicto con la ley penal.

Recientemente defendió la tesis para obtener el título de Magíster de la Universidad de Buenos Aires en Magistratura con la calificación de “distinguido”. El jurado designado estuvo compuesto por prestigiosos juristas reconocidos por su trayectoria en el ámbito académico y laboral. La tesis, relacionada con el tema “Juzgar con perspectiva de género”, fue dirigida por el doctor Antonio Omar Silisque, reconocido juez, quien ha desarrollado gran parte de su carrera judicial en el Distrito Orán, llegando incluso a ocupar el cargo de ministro de la Corte de Justicia de Salta.

¿Cómo considera que debe ser la mirada de género?

Considero que la mirada de género debe ser parte de la modernización de los aparatos judiciales a fin de adecuarlos a las exigencias presentes, lo que implica una sensibilización de todos los/las operadores/ras judiciales para percibir las particularidades de cada caso concreto y, a partir de ello, remover los inconvenientes que se erigen en el efectivo acceso a la Justicia.

¿Por qué considera que es un compromiso?

Esta capacitación y sensibilización no es una mera elección de preferencias en la formación de quienes prestan el servicio de justicia, sino un compromiso que ha asumido nuestro país al firmar la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la Mujer (Cedaw), incorporada al texto constitucional y la Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer conocida como “Convención de Belem do Pará”.

¿Cuáles son los motivos que la motivaron a realizar esta investigación?

La prolongada situación de marginación de las mujeres, la valoración inferior de sus trabajos, la discriminación para ocupar cargos jerárquicos o desempeñarse en determinadas actividades, la constante violencia de género que padecen, son algunos de los motivos que han conducido necesariamente a esta nueva perspectiva de análisis para poder identificar las situaciones de desigualdad y discriminación.

Es decir, la “perspectiva de género” explica así, como los varones y las mujeres históricamente han estado regulados por comportamientos “permitidos”, “esperados”, “negados” o “condenados” por el ambiente social en que viven, los cuales están basados en la idea de la dominación masculina que plantea -como fundamento principal- la inferioridad de las mujeres.

La categoría de género se presenta así como una herramienta de cambio que nos obliga a transformar estas desventajas y desigualdades.

¿Considera que se debe tener una mente abierta al cambio?

Considero que para dar cumplimiento a toda la normativa nacional e internacional que plantea la obligación del reconocimiento del principio de igualdad y la garantía de la no discriminación en razón de género, necesariamente debemos tener una mente abierta al cambio. Es menester conocer la realidad, despojándonos de los prejuicios y estereotipos que circundan en la sociedad. Vale la pena insistir en la responsabilidad que tienen todas las personas vinculadas con su labor diaria a la administración de justicia, de capacitarse para romper los patrones acuñados por siglos a fin de contribuir al desmantelamiento o deconstrucción del patriarcado.

¿Las violaciones de los derechos humanos afectan a varones como a las mujeres?

Si bien las violaciones de los derechos humanos pueden afectar tanto a los varones como a las mujeres, su impacto varía de acuerdo con el sexo de la víctima. Los estudios sobre la materia permiten afirmar que toda agresión perpetrada contra una mujer tiene alguna característica que permite identificarla como violencia de género. Esto significa que está directamente vinculada a la desigual distribución del poder y a las relaciones asimétricas que se establecen, desde siempre, entre varones y mujeres en nuestra sociedad. Lo que diferencia a este tipo de violencia de otras formas de agresión es que el factor de riesgo o de vulnerabilidad es el solo hecho de ser mujer.

¿Usted cree que se vislumbran cambios en el paradigma?

En Argentina se vislumbran cambios importantes tendientes a instalar este paradigma sobre el reconocimiento pleno de los derechos de las mujeres; sin embargo, quedan aún prácticas judiciales que deben orientarse en este sentido; la situación seguramente se debe a complejas relaciones culturales y sociales que aún persisten y que alcanzan por lógica al Poder Judicial.

¿En la provincia se mantuvo vigente el servicio de Justicia en medio de la pandemia?

En la provincia de Salta se han aunado todos los esfuerzos tendientes a mantener el servicio de Justicia siempre vigente, tal como lo muestran las diferentes estadísticas de autos y resoluciones. Es decir, durante todo este tiempo de crisis sanitaria por la pandemia de COVID-19, la Corte de Justicia, mediante las respectivas acordadas, ordenó el trabajo en los distintos distritos y fueros, respetando la situación epidemiológica de cada lugar y teniendo en cuenta la salud de las personas de riesgo.

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