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Inesperado giro judicial en el crimen del panadero

En casación, la Cámara de Impugnación liberó a tres condenados por un crimen.Al principal acusado le confirmaron la condena. Ocurrió en Salvador Mazza.
Domingo, 31 de enero de 2021 02:21

El 18 de septiembre de 2020 cuatro de los cinco imputados por el espantoso crimen de Luis Alberto Nino, un panadero de Salvador Mazza desaparecido el 17 de mayo de 2017 y encontrado sin vida 10 días después, fueron condenados a prisión perpetua.

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El 18 de septiembre de 2020 cuatro de los cinco imputados por el espantoso crimen de Luis Alberto Nino, un panadero de Salvador Mazza desaparecido el 17 de mayo de 2017 y encontrado sin vida 10 días después, fueron condenados a prisión perpetua.

Cuatro hombres recibieron aquel día la máxima condena; mientras la única mujer -pareja de uno de los imputados- fue condenada a dos año y tres meses de prisión efectiva.

El Tribunal estuvo integrado por Ricardo Martoccia (presidente), Anastasio Vázquez Sgardelis y Asusena Margarita Vásquez (vocales). El cargo: coautores del delito de "homicidio triplemente calificado por ensañamiento, alevosía y el concurso premeditado de dos o más personas, y para Javier Calvimonte, también partícipe necesario material y penalmente responsable del delito de homicidio triplemente calificado.

Meses después todos los hombres (detenidos) recurrieron a un recurso de casación buscando rever un fallo que -según denunciaban- no estaba ajustado a derecho, falto de pruebas convincentes, contradictorio, y sobre todo fundado en los decires de testigos jamás identificados. Eso sin contar que el supuesto móvil del espantoso homicidio (200 kilogramos de cocaína mejicaneada) tampoco fue hallado.

Con fecha 29 de diciembre la sala II del Tribunal de Impugnación resolvió hacer lugar a los argumentos esgrimidos por los defensores Marcelo Eduardo Arancibia (por Carlos Javier Calvimonte); Natalia Pagani Pedrana (por Ernesto Aleman), y Néstor Heredia (por Tomás Rodolfo Parada y Enzo Gaspar González) y ordenar la libertad de tres de los acusados del homicidio y de la mujer, al sostener "con fundamentos propios, ajustados a la sana interpretación del derecho y a las garantías de las que gozan los ciudadanos, que la pena impuesta a aquellos no se condice con el marco probatorio aportado por la investigación policial/fiscal, carente de sustento fáctico, sostenido en subjetividades y en interpretaciones alejadas de la verdad que se perseguía, entonces".

El fallo de la Cámara de Impugnación es extenso, valiente -si se quiere- a la vez plantea "una amonestación a la investigación y a la argumentación de la acusación".

Este hace rever -también- cierta liviandad de los jueces a la hora de imponer condenas de por vida a ciudadanos a quienes no se les proveyó de un justo proceso, al ser éste viciado o fundado en los dimes y diretes de testigos tácitos. El fallo además deja entrever el excesivo uso de los indicios, cuando existen huecos investigativos o simplemente contradicciones insalvables.

Para uno de los defensores, "las condenas carecían de fundamentos probatorios ciertos y de las garantías que nuestra Constitución no promete, sino asegura a sus ciudadanos".

La suerte del principal acusado, es decir Tomás Rodolfo Parada, en la casación fue menor y se le confirmó la sentencia.

El caso de Carlos Javier Calvimonte -de estar condenado de por vida a la absolución-, muestra a las claras lo que la Cámara de Impugnación quiso explicar con su fallo.

Horrendo caso

El 17 de mayo de 2017 Nino salió de su casa en Salvador Mazza, en horas de la madrugada, para hacer el reparto del pan. Al cabo de algunas horas, familiares del panadero alertaron que no había regresado, momento en el que comenzó una intensa búsqueda. 
Guiados por el fiscal penal Armando Cazón, personal de la Brigada de Investigaciones y otras áreas pusieron manos a la obra.
Al cabo de 10 días concluyó la búsqueda, habían desplegado cuatro allanamientos que derivaron en el hallazgo del cuerpo de Nino enterrado en una finca en las afueras de Salvador Mazza. Su madre lo reconoció. Se le practicó la autopsia, la que determinó que murió por asfixia obstructiva en las vías aéreas, lo que determinó que había sido enterrado con vida.
De allí se construyó una historia basada en un testigo fantasma.
El móvil: una mejicaneada de 200 kilos de cocaína nunca hallada.
La única certeza: el auto de Luis Alberto Nino detenido con las balizas puestas a las 7.30 el 17 de mayo de 2017, enfrente de la casa de Tomás Parada. Los gritos de auxilio escuchados por vecinos y el hallazgo del cuerpo en la finca de Parada. Lo demás no se probó.
El sentido común dice que hubo más partícipes, pero no se pudo comprobar quienes fueron.

 

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