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Las industrias del NOA y NEA rechazan la ley de etiquetado frontal

Mediante un comunicado, las Uniones industriales de la región criticaron el proyecto de “alimentación saludable” sancionada el martes.
Miércoles, 27 de octubre de 2021 23:15

Las Uniones Industriales del NOA y NEA expresaron su rechazo a la ley de equitado frontal, reciéntemente sancionada por la Cámara de Diputados de la Nación, luego de un largo debate. 

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Las Uniones Industriales del NOA y NEA expresaron su rechazo a la ley de equitado frontal, reciéntemente sancionada por la Cámara de Diputados de la Nación, luego de un largo debate. 

“El noble propósito de introducir un etiquetado de advertencia en los envases de alimentos para prevenir y combatir las Enfermedades No Transmisibles (ENT) incluye consigo aspectos muy cuestionables. Estos aspectos fueron informados e ignorados por los Senadores y Diputados que votaron la Ley”, manifestó la alianza industrial del noroeste y noreste argentino.

En el escrito detallan más aspectos por los cuales critican el proyecto que busca fomentar la alimentación saludable. 

  1. Esta Ley avasalla las autonomías de las Provincias. Según la Constitución Nacional son las Provincias las que deben legislar en materia de alimentación. Por esa razón, existe la CONAL (Comisión Nacional de Alimentos), único órgano competente en el tema y donde se deben tomar las decisiones por unanimidad. La CONAL tiene avanzado un proyecto de etiquetado frontal de alimentos con acuerdo de las Provincias y el Gobierno Nacional.
  2. Esta Ley impide lograr una norma armonizada en el MERCOSUR, como es la que rige actualmente. A pesar de haber sido un pedido expreso de la Cancillería Argentina ante las comisiones de Diputados. Esta omisión es un claro perjuicio para la industria argentina, porque los países del bloque son el principal destino de los alimentos que se exportan.
  3. Esta Ley implica una resignación de la soberanía nacional al haber adoptado el perfil de nutrientes de la OPS, así identificado en el texto legal, ya que la Argentina no podría rectificarlo ante evidencias futuras que recomienden su revisión. Tendrá que pedirle a la OPS que lo haga.
  4. Es una norma parcial, porque el sello de advertencia no alcanza a productos que causan ENT según la OMS, como las bebidas alcohólicas y las harinas.
  5. Propicia la sustitución de un alimento natural como el azúcar por los edulcorantes sintéticos, artificiales, todos importados, algunos prohibidos en otros países, que sólo tendrán una leyenda en lugar de un octógono de exceso a la Ingesta Diaria Admitida de cada uno de ellos.
  6. Es una norma que atenta y demoniza al sector azucarero, principal actividad económico-productiva del norte argentino, que actualmente emplea a más de 60.000 personas en forma directa y 170.000 indirectas.

Reconocemos la comprensión de los Senadores y Diputados Nacionales que, con su disenso, se hicieron eco de los aportes de entidades científicas, profesionales, productivas e industriales para que el país tenga una ley de etiquetado eficaz para una alimentación saludable y desarrollo socio-económico en nuestro país y la región.

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