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Estafaban por teléfono a abuelos, pero no irán presos

Dos acusados recibieron la condenada de tres años de prisión condicional. El otro implicado es menor. Todos pertenecen a una misma familia.
Miércoles, 10 de noviembre de 2021 01:44

Dos integrantes de una familia fueron condenados por estafar telefónicamente a adultos mayores a la pena de tres años de prisión condicional, es decir que no irán a la cárcel. Un menor, en tanto, fue declarado penalmente responsable.

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Dos integrantes de una familia fueron condenados por estafar telefónicamente a adultos mayores a la pena de tres años de prisión condicional, es decir que no irán a la cárcel. Un menor, en tanto, fue declarado penalmente responsable.

Mediante engaños por llamadas telefónicas, simulaban ser parientes cercanos de las víctimas y aportaban datos que abonaban su confianza.

Les informaban que estaban realizando trámites bancarios y les pedían que les enviaran urgentemente sus ahorros para reemplazar monedas que dejarían de circular en forma inminente.

Los imputados les indicaban a las víctimas que le entregaran el efectivo a un empleado de la entidad bancaria, de su confianza, que pasaría a retirarlo por sus domicilios.

Con la maniobra, lograron apoderarse de altas sumas de dinero (pesos argentinos y dólares).

La sentencia

A Hugo Rubén Juan Juan (53), alias "Pollo", y a Pablo David Juan (30) les dictaron una pena de tres años de prisión condicional por resultar coautores del delito de estafa agravada por la intervención de un menor de 18 años de edad.

El primero fue condenado por seis hechos y el segundo, por ocho hechos, en concurso real.

En el mismo fallo, B. N. J. (menor al momento de los hechos) fue declarado coautor material y penalmente responsable del delito de estafa (ocho hechos), en concurso real. Se dispuso la remisión de los resuelto al Juzgado Penal Juvenil interviniente.

La jueza Norma Beatriz Vera, vocal de la Sala IV del Tribunal de Juicio, les fijó a Hugo Rubén Juan Juan y a Pablo David Juan una serie de obligaciones que deberán cumplir durante tres años para mantener la prisión en suspenso. Entre ellas, concluir con los estudios primarios; abstenerse de acercarse y de contactarse con los y las denunciantes; someterse al control del Programa de inserción social y supervisión de presos y liberados.

La jueza hizo lugar parcialmente a la demanda civil interpuesta por una de las damnificadas y condenó a los tres sujetos a pagarle la suma de 200 mil pesos más intereses en concepto de indemnización por daño moral.

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