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Los festejos de la pandemia: también sobreseyeron a Elisa Carrió por la fiesta de su cumpleaños

El juez Adrián González Charvay consideró que la ex diputada "pudo haber interpretado que su obrar se encontraba habilitado por la normativa vigente”.  
Viernes, 10 de diciembre de 2021 17:57


El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, sobreseyó a la ex diputada Elisa Carrió por la presunta violación a las normas para evitar la propagación del Covid-19 al celebrar una fiesta de cumpleaños en su casa de Exaltación de la Cruz en diciembre del año pasado.

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El juez federal de Campana, Adrián González Charvay, sobreseyó a la ex diputada Elisa Carrió por la presunta violación a las normas para evitar la propagación del Covid-19 al celebrar una fiesta de cumpleaños en su casa de Exaltación de la Cruz en diciembre del año pasado.

El juez dictó el sobreseimiento “por entender que su accionar no constituyó delito”.

Carrió celebró su cumpleaños el 26 de diciembre de 2020 acompañada por 58 invitados, entre ellos varios prominentes funcionarios públicos como el jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, y su vice y hoy diputado bonaerense Diego Santilli.

El juez evaluó que para esa época “diversos portales de noticias se hacían eco de inminentes habilitaciones para fiestas de hasta 200 personas al aire libre con protocolos, distanciamiento y un 30 por ciento del aforo del espacio permitido".

“A esto, debe sumarse que las medidas sanitarias en ese entonces eran muy variantes, en tanto los decretos y resoluciones que se publicaban cada catorce días normalmente iban modificando el panorama, y como se dijo, escalonadamente realizaban diferentes aperturas”, añadió.

En ese escenario, González Charvay analizó: “el contexto normativo y social arriba descripto, me lleva a analizar, con la razonabilidad propia de esta instancia, que en el caso concreto Carrió efectivamente pudo haber interpretado que su obrar se encontraba habilitado por la normativa vigente”.

Además, mensuró que “el evento no fue ocultado, sino por el contrario, diversos medios de comunicación lo anunciaron, publicando allí fotografías”.

“Ello, no hace más que robustecer la idea de que Carrió interpretó que su obrar era ajustado a la normativa vigente, en tanto, de considerarlo ilícito, lo presumible hubiera sido que intentara no hacerlo público”, insistió el juez.

El sobreseimiento incluye la “expresa mención que la presente causa no afecta el buen nombre y honor del que hubiera gozado” la ex diputada de Juntos por el Cambio.


 

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