La Municipalidad de Salta brinda asesoramiento y recepciona consultas y denuncias en cuanto a la problemática de los alquileres.
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La Municipalidad de Salta brinda asesoramiento y recepciona consultas y denuncias en cuanto a la problemática de los alquileres.
Respecto de la aplicación de la ley N´27.551, cuenta con la instancia de conciliación, un espacio para que inquilinos, locadores e inmobiliarias aborden las diferencias en un marco de diálogo.
En este sentido, se recuerda que la ley N´ 27.551 prevé un plazo mínimo de 3 años para los contratos de alquiler de inmueble cualquiera sea su destino (habitacional o comercial), si las partes establecen un plazo menor a éste se lo considera celebrado por el plazo mínimo legal de 3 años.
En caso de que el alquiler sea para vivienda, no se puede exigir el pago de alquiler anticipado de más de un mes; si se pidieron depósitos en garantía, deben ser devueltos al momento de restituir el inmueble; y queda expresamente prohibida la firma de pagarés;
Entre otras cosas, prevé la posibilidad de que el locatario realice reparaciones urgentes, si pasaron 24 horas de que notificó al locador y no obtuvo respuestas. En caso de reparaciones no urgentes el plazo se extiende a 10 días. El gasto que realizó el inquilino puede compensarse con los cánones locativos.
Las expensas ordinarias deben ser pagadas por el inquilino, y las expensas extraordinarias, cargas y contribuciones que graven el inmueble deben ser asumidas por el locador.