¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

19°
25 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

La Corte fallará sobre un concurso del Observatorio de Violencia contra las Mujeres

Se trata del cargo de directora por las organizaciones de mujeres.
Jueves, 15 de abril de 2021 02:32

La Corte de Justicia de Salta deberá fallar sobre la validez o no de un concurso para el cargo de directora del Observatorio de Violencia contra las Mujeres (OVcM) en representación de las organizaciones que trabajan contra la violencia de género.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

La Corte de Justicia de Salta deberá fallar sobre la validez o no de un concurso para el cargo de directora del Observatorio de Violencia contra las Mujeres (OVcM) en representación de las organizaciones que trabajan contra la violencia de género.

El juez Marcelo Domínguez, de la Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, declaró nulo el certamen que se realizó a fines de 2019, luego del recurso de amparo colectivo que presentó la Fundación Tomar Acción por supuestas irregularidades en la realización de la selección.

El 8 de marzo, la ganadora, Irene Cari, apeló esta sentencia y ahora la Corte deberá resolver si mantiene firme el fallo de Domínguez en la causa "Fundación Tomar Acción contra Observatorio Violencia de Género".

La presentación está en el despacho del fiscal ante la Corte, Eduardo Sylvester, quien deberá expedirse sobre ella. Se estima que a fin de mes el magistrado devolverá el expediente y recién entonces los jueces comenzarían a analizar la resolución.

Esta causa incluye una denuncia por discriminación ante el Instituto Nacional contra la Discriminación, la Xenofobia y el Racismo (Inadi).

Lo que se cuestiona

Según planteó la presidenta de la Fundación Tomar Acción, Antonieta Plaza, el certamen tuvo muchas irregularidades, que tanto el fiscal como el juez consideraron suficientes como para declarar nulo el concurso.

Plaza explicó que no se siguieron los procedimientos habituales ni legales: "No se cumplió ningún requisito de forma. No fue una convocatoria masiva. No hubo publicidad de los actos... Si bien el OVcM es un ente autárquico, se trata de cargos públicos".

Recordó que el certamen "se dio a conocer por una foto que se envió por redes sociales".

La abogada mencionó que Cari convocó a las integrantes del tribunal: "Ella llamó a las tres jurados para que formen parte del comité evaluador y dejó constancia de ello en el chat del grupo".

Señaló que la ganadora requería que todas las demás concursantes aceptaran la terna en la que ella estaba primera, pero aseguró que no obtuvo la firma de ninguna de ellas.

Según dijo Plaza, tanto el fiscal como el juez detectaron la falta de publicidad de los actos en la elección del cargo y la falta de reglas y desmanejos en la elección del tribunal.

"El amparo fue el remedio legal al que se acudió para poner bajo la lupa este procedimiento y su resultado", manifestó.

Plaza destacó que el hecho de que las organizaciones sostengan este juicio luego de más de un año de litigio es una "muestra de madurez".

"El colectivo de mujeres es una entidad orgánica que cambia constantemente y en la que convive una gran heterogeneidad. Ahora logramos ser escuchadas por un juez", exclamó.

La titular de la Fundación Tomar Acción ya solicitó a la Corte que rechace el recurso de apelación y en el escrito planteó: "El mecanismo de selección de las candidatas no puede permanecer alejado de los principios de legalidad y publicidad que dan sustento a nuestro sistema democrático y republicano de gobierno".

Reclaman al Observatorio

A pedido del juez, desde el OVcM contemplaron que el concurso nuevo se realice en el ámbito de la Facultad de Humanidades por ofrecimiento de la decana, Catalina Buliubasich.

Si bien esta instancia no depende del organismo, Plaza consideró que las directoras podrían ser más activas y elaborar una normativa interna para reglamentar el procedimiento una vez que las organizaciones tengan una ganadora.

"Que hagan institucionalidad... Que elaboren normativa que mejore la institucionalidad del ente. Que reglamenten los cargos de técnicos", planteó la abogada, entre otras cosas.

Dijo que la discriminan

En medio del litigio, Irene Cari denunció a Plaza por discriminación ante el Inadi. La ganadora del concurso consideró que se la vulneraba por ser originaria de un pueblo indígena.

La abogada consideró que Cari alega discriminación porque no tiene otros argumentos para esgrimir. 

“Hay una mujer que accede a un cargo de manera mafiosa y a cualquier persona que quiere disentir ella la tilda de discriminadora”, planteó.
Contó que Cari cuestionó al juez Domínguez por misógino y criticó que se entrometiera un hombre en un asunto de mujeres. 

Sin embargo, en el principio del litigio intervino una jueza mujer. Cuando Domínguez estaba de licencia, los primeros 15 días de 2020, Guadalupe Villagrán, titular del Juzgado Civil y Comercial de Décima Nominación, dio por cumplidos los requisitos de admisibilidad. 

“Este juicio no es por la manera en la que ella habla, como dice”, aseveró Plaza.    

La abogada mencionó que Cari tiene denuncias penales “que son preocupantes” y evaluó que el juez fue “muy contemplativo” con ella.

“Como colectivo, nos preocupan las prácticas patriarcales de Cari y que haya maltrato constante”, expresó.

Descartan un planteo discriminatorio

Aseguran que el amparo se presentó por cómo se realizó el concurso.

En el descargo que presentó ante el Inadi, que forma parte del expediente, Plaza rechazó “todos y cada uno de los planteos de la denunciante”. 

Cari denunció a la abogada por haberla discriminado por pertenecer “en sus orígenes” a una comunidad originaria de Jujuy.

Según respondió la presidenta de la Fundación Tomar Acción, “las circunstancias de Cari no se condicen con las de una persona perteneciente a una comunidad originaria tal como lo entiende la ley y con la consecuente protección supralegal que eso acarrea”.

Manifestó que la mujer ganadora del concurso tuvo casi toda una vida metropolitana en Salta y que ejerció efectivamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales.

Señaló que si Cari fuera considerada perteneciente a una comunidad originaria, no sería ella la que debiera garantizar esa protección ya que no representa al Estado.

Más allá de esto, Plaza aclaró: “En el amparo no se plantea la pertenencia étnica ni la manera de comunicarse de Cari. Se cuestionó y esto quedó claro en la sentencia: la manera en que se llevó adelante el concurso que la tiene como ganadora”.

PUBLICIDAD