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Rechazan la prisión domiciliaria de Pablo Rangeón y vuelven a ordenar su detención

El productor de moda está acusado por delitos de abuso sexual con acceso carnal y gozaba de estar preso en su casa.
Martes, 15 de junio de 2021 21:09

El juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación Luciano Martini hizo lugar ayer a un recurso de apelación y ordenó la inmediata detención de Pablo Marcelo Rangeón, el productor de modas salteño hace un tiempo beneficiado con la prisión domiciliaria.
Para ello el magistrado declaró la nulidad de la resolución que le había concedido el beneficio del arresto en su casa con el sistema de control por monitoreo electrónico. Rangeón está imputado provisoriamente por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado.
Los fundamentos de la resolución se basan en el número y el tenor de las denuncias en su contra. 
En el escrito el vocal de la Sala de Impugnación refiere sobre la domiciliaria que recibió el imputado: “El beneficio otorgado a Rangeón, siempre en este estadio procesal y sin perjuicio de lo que arroje la investigación, resulta inadmisible y debe ser objeto de corrección, mediante el libramiento de la concreta orden de detención, que restablezca el ‘status quo’ de las cosas en los términos de los artículos 386 y cc del CPP”.

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El juez de la Sala I del Tribunal de Impugnación Luciano Martini hizo lugar ayer a un recurso de apelación y ordenó la inmediata detención de Pablo Marcelo Rangeón, el productor de modas salteño hace un tiempo beneficiado con la prisión domiciliaria.
Para ello el magistrado declaró la nulidad de la resolución que le había concedido el beneficio del arresto en su casa con el sistema de control por monitoreo electrónico. Rangeón está imputado provisoriamente por el delito de abuso sexual con acceso carnal continuado.
Los fundamentos de la resolución se basan en el número y el tenor de las denuncias en su contra. 
En el escrito el vocal de la Sala de Impugnación refiere sobre la domiciliaria que recibió el imputado: “El beneficio otorgado a Rangeón, siempre en este estadio procesal y sin perjuicio de lo que arroje la investigación, resulta inadmisible y debe ser objeto de corrección, mediante el libramiento de la concreta orden de detención, que restablezca el ‘status quo’ de las cosas en los términos de los artículos 386 y cc del CPP”.

Las acusaciones

Sobre Rangeón pesan al menos seis denuncias, tres por abuso sexual con acceso carnal y distintos agravantes, y otras por abuso sexual simple. Desde el primero de marzo, cuando una joven denunció formalmente a Rangeón, una serie de denuncias empezaron a ventilarse y quedar plasmadas en una comisaría. Acusación primaria a la que se sumaron otras tres, entre ellas la de otra joven que conoció a Rangeón afuera del ámbito del universo de modelos, en un boliche, donde según la víctima el imputado la drogó para luego abusar sexualmente de ella. Hasta el momento de las seis denuncias realizadas contra el imputado, todas tienen por denominador común la violencia, ya sea física, psíquica o moral, incluyendo el uso de estupefacientes en tres de los casos como medio para abusarlas sexualmente.
Además de las acusaciones que se conocen contra el productor Rangeón, esto provocó que varias mujeres empezaran exponer sus situaciones. Se trata de otra causa que de forma paralela a la de Rangeón también persigue delitos contra la integridad sexual de mujeres, incluso de menores de edad, y donde hay más de un sospechoso involucrado. 

Los motivos del juez

La apelación del caso Rangeón había sido planteada por el fiscal penal 2 de la UDIS, Rodrigo González Miralpeix, contra la resolución que le concedió el beneficio al imputado invocando el artículo 388 del Código Procesal Penal. 
El juez Martini al resolver recordó que la prisión preventiva de Rangeón le fue impuesta originalmente a la luz de la primera imputación. Pero a aquella primera denuncia se le agregaron otras seis, todas de mujeres que formaban parte de la empresa de Rangeón, quienes relataron circunstancias similares a la de la primera denuncia “y que, en definitiva, ponen en conocimiento de la autoridad, que han sufrido ataques a su integridad y libertad sexual, de distintas magnitudes, pero siempre en un mismo marco”.
“Existió -dijo el juez- contradicción al momento de disponer el arresto domiciliario de Rangeón, porque si la situación de una víctima fundamentaba la imposición de la prisión preventiva, frente a la lógica y el sistema jurídico argentino no se explica ni se entiende cómo la situación de seis ofendidas puede configurar o dar lugar a elementos nuevos que ‘beneficien’ la situación del imputado”. 
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