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Respuesta a los jubilados

Sabado, 26 de junio de 2021 23:10

Miguel Delgado (Cerrillos): Mi papá cumple 65 años en septiembre. Siempre trabajó, pero solo tiene aportes de 1999 a 2006 cuando trabajaba en una repuestera. ¿Podrá jubilarse? 

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Miguel Delgado (Cerrillos): Mi papá cumple 65 años en septiembre. Siempre trabajó, pero solo tiene aportes de 1999 a 2006 cuando trabajaba en una repuestera. ¿Podrá jubilarse? 

Buen día Miguel. La historia de tu papá es la de muchos hombres. Aún está vigente una moratoria que permite cancelar deudas previsionales desde los 18 años (desde septiembre de 1974) hasta septiembre de 1993 (fecha tope que establece la normativa); es decir un máximo de 19 años. Pero además tu padre cuenta con siete (7) de aportes en la repuestera. En total podría acumular 26 años pero, lamentablemente, son insuficientes porque para jubilarse se piden 30 años de servicios con aportes. 

La alternativa para tu papá sería tramitar a partir de que cumpla los 65 una pensión universal para el adulto mayor (PUAM). En un futuro si podrá jubilarse por ejemplo si hace aportes como monotributista social y además por las bonificaciones que obtiene por el exceso de edad. Al menos por ahora tendrá un ingreso mensual ($18.451) y obra social. 

Graciela Arroyo (Capital): Comencé a trabajar grande en la provincia, como ordenanza. Son mis únicos aportes, van desde 2008 hasta la fecha. Antes siempre trabajé en limpieza pero en negro. Ya me quiero jubilar, tengo 66 años, ¿hay alguna forma? 

Buen día Graciela. Aunque sólo cuenta con 13 años de aportes de este último tramo como ordenanza en la provincia de Salta, sí, puede jubilarse. Dado que ya tiene 66 años de edad, Anses le pedirá 27 años de aportes, no 30. Se trata de una bonificación por exceso de edad. Necesitará 14 años de aportes y puede pagarlos utilizando la moratoria Ley 24.476. La única cuestión a tener presente es que previamente deberá sortear un filtro socioeconómico, un requisito que seguramente no tendrá dificultad en superar. 

Mirta Ordoñez (Capital): Me jubilé en mayo como docente. Siempre estuve en educación pública. Revisando la liquidación, veo que no me pagaron el 82% sino que tomaron el sueldo de cuando presenté la renuncia condicionada, en septiembre. Se puede solucionar. 

Buen día Mirta. Los docentes reciben el suplemento docente que es un monto que equipara su haber de jubilación con el 82% de la última remuneración bruta sujeta a aportes. Sí, se puede solucionar. 

Hay que hacer un reclamo por escrito ante la Anses detallando esta situación. Deberán tomar el sueldo a fecha de cese y el haber será del 82% de ese monto. Aunque en el Organismo previsional cuentan con la información salarial que surge de AFIP deberá adjuntar recibos de sueldo y la última certificación de servicios. 

Hugo Aparicio (Apolinario Saravia): Estoy jubilado y quiero cambiarme de banco para cobrar. ¿Cómo hago el trámite? 

Buen día Hugo: Puede pedir el cambio a cualquiera de las entidades bancarias que están habilitadas por Anses para efectuar los pagos. 

Una alternativa es hacerlo a través de internet en www.an ses.gob.ar, sección “Mi ANSES”. 

Necesitará clave de la seguridad social nivel 3, es decir, una clave que haya sido habilitada oportunamente en una oficina de Anses. 

Otra alternativa es hacer el cambio en una oficina con turno previo. En la página ww.anses.gob.ar debe sacar turno para Trámites Jubilados y Pensionados, Cambio de Banco; en caso que realice un apoderado, debe presentar el Formulario PS.6.37 Solicitud cambio de agente pagador junto con la firma del titular certificada por autoridad competente.

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