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16 de Abril,  Salta, Centro, Argentina
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Respuestas a consultas previsionales

Domingo, 11 de julio de 2021 02:20

Iris Vallejo (capital): cumplí 62 años y comencé a aportar el monotributo hace 1 año, pero me dijeron que no llego a jubilarme. Me dio esperanzas que escuché que se van a reconocer los hijos como aportes y yo tuve tres hijos ¿Será que si sale me alcanza para jubilarme? 
Buen día Iris. En su caso puede hacer un plan de pagos por un máximo de 26 años y 5 meses. Si además le sumamos el año de aportes como monotributista y una bonificación de otro año de aportes por exceder la edad de 60, en total puede acumular 28 años y 5 meses de aportes. 
No estaría alcanzando los 30 años que exige la ley. Sin embargo, hace unos días la Directora de Anses, Fernanda Raverta, confirmó que está trabajando en un programa para reconocer con un año de aportes por cada hijo para aquellas mujeres que han sido madres. Es una luz de esperanza para miles de mujeres que no están pudiendo jubilarse y están sin ingresos fijos ni obra social. Si este programa se hace realidad Ud. ya podrá jubilarse. A estar atenta a las novedades. 

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Iris Vallejo (capital): cumplí 62 años y comencé a aportar el monotributo hace 1 año, pero me dijeron que no llego a jubilarme. Me dio esperanzas que escuché que se van a reconocer los hijos como aportes y yo tuve tres hijos ¿Será que si sale me alcanza para jubilarme? 
Buen día Iris. En su caso puede hacer un plan de pagos por un máximo de 26 años y 5 meses. Si además le sumamos el año de aportes como monotributista y una bonificación de otro año de aportes por exceder la edad de 60, en total puede acumular 28 años y 5 meses de aportes. 
No estaría alcanzando los 30 años que exige la ley. Sin embargo, hace unos días la Directora de Anses, Fernanda Raverta, confirmó que está trabajando en un programa para reconocer con un año de aportes por cada hijo para aquellas mujeres que han sido madres. Es una luz de esperanza para miles de mujeres que no están pudiendo jubilarse y están sin ingresos fijos ni obra social. Si este programa se hace realidad Ud. ya podrá jubilarse. A estar atenta a las novedades. 

Valeria Corregidor (Rosario de la Frontera): mi suegra tiene aportes desde el año 1977 hasta 1994. Ella cumplió 64 años en mayo y tiene una pensión mínima porque es viuda. ¿Ella se podría jubilar? Agradezco su respuesta. 
Buen día Valeria. Su suegra podría completar los aportes ingresando en la moratoria Ley 26.970; desde junio de 1977 (a sus 18 años) hasta el 31 de diciembre de 2003 (tope que fija la norma). En total, entre sus aportes y los del plan de pagos, alcanzaría 28 años y 7 meses. Por otro lado, que ella tenga 64 años es importante porque esos 4 años de exceso de edad le significarán una bonificación por 2 años más de aportes. Ya está en condiciones de iniciar su jubilación. El hecho de tener una pensión por viudez no es un impedimento, siempre que sea un haber mínimo. Éxitos! 

Roberto Muñoz (Campo Santo): trabajé 9 años como ferroviario y, después que quedé cesante, continué haciendo aportes como monotributista. Ya tengo 30 años de aportes, pero tengo 59 años de edad. ¿Estoy en condiciones de jubilarme? 
Buen día Roberto. Su preocupación seguramente pasa porque aún no tiene los 65 años de edad para jubilarse. Los ferroviarios que hayan realizado tareas de maquinista o su equivalente, foguista, cambista, aspirante de conducción o señaleros ferroviarios pueden jubilarse si cumplen con los siguientes requisitos: 55 años de edad (52 las mujeres) y 30 de servicios en la actividad. 
En su caso puntual, como tiene 9 años de ferroviario (no 30), puede calcularse la edad requerida en base a un prorrateo entre sus años de ferroviario y el resto, como monotributista, que son comunes. De ese prorrateo surge que con 58 años y 6 meses ya estaría en condiciones de jubilarse. Ya puede iniciar los trámites. 

Héctor Córdoba (capital): soy jubilado docente, y ahora volví a la actividad y me dejaron de pagar el suplemento docente. ¿Es correcto? Buen día Héctor. Los docentes acceden a la jubilación mediante un régimen de características especiales en cuanto a la edad y al haber jubilatorio, que equivale al 82% de la remuneración al cese. De acuerdo a la normativa, el goce del suplemento docente es incompatible con el desempeño de cualquier actividad en relación de dependencia. 
La única excepción del reingreso o continuación es la actividad en cargos docentes universitarios o de investigación en universidades. 
 

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