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Respuestas previsionales

Domingo, 01 de agosto de 2021 02:36

Rosalía Bórquez (Capital): Cumplí 68 años, soy pensionada por mi esposo fallecido y cobro un poco más que la mínima. Tuve cuatro hijos pero uno ya falleció. Nunca pude jubilarme por falta de aportes y porque el monto de la pensión me dejaba afuera de la moratoria. ¿Será que ahora puedo jubilarme?

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Rosalía Bórquez (Capital): Cumplí 68 años, soy pensionada por mi esposo fallecido y cobro un poco más que la mínima. Tuve cuatro hijos pero uno ya falleció. Nunca pude jubilarme por falta de aportes y porque el monto de la pensión me dejaba afuera de la moratoria. ¿Será que ahora puedo jubilarme?

Buen día Rosalía. Con la moratoria Ley 24.476, usted podrá cancelar sus deudas previsionales entre 1971 y 1993, es decir por un máximo de 22 años. Tenga en cuenta que como hace tiempo ha superado la edad jubilatoria de 60 años le reconocerán 4 años adicionales. Hasta ahí tenemos 26 años de aportes. Finalmente, desde mañana comienza a implementarse el Programa de Reconocimiento de aportes por tareas de cuidado y le reconocerán los cuatro años que le faltan para poder jubilarse como madre de 4 hijos, sin importar si uno de ellos ha fallecido. Es decir que podrá iniciar los trámites; tenga a mano las actas de nacimiento de sus hijos, si no están registrados sus hijos se las van a pedir. Antes de despedirla, dos cosas: por un lado deberá superar un análisis socioeconómico de ingresos y gastos y, además, como tiene una pensión deberá cancelar la totalidad de la moratoria en un pago.

Patricia Herrera (Capital): Tengo una pensión de madre de 7 o más hijos y lamentablemente no tenemos una buena obra social. Cumplí 60 años en junio. ¿Podré jubilarme?

Buen día Patricia. Una de las ventajas de tener una jubilación, además de una mayor cobertura económica (un haber mínimo es de $23.064) es la cobertura de salud: usted podrá acceder al PAMI.

Para poder jubilarse necesitan 30 años de aportes. En su caso le reconocerán, al menos, 7 años de aportes por sus hijos. Para completar los años restantes puede hacer un plan de pagos (moratoria Ley 26.970). Tenga presente que la pensión que percibe actualmente es incompatible con la jubilación. De todas formas, mientras dure el trámite de jubilación continuará recibiendo su pensión, que se dará de baja con el alta de su nuevo beneficio.

Estela Gómez (Guachipas): Trabajo como ordenanza en la escuela pública desde 2002. Son mis únicos aportes. Estoy enferma y me cuesta trabajar, pero no sé si me podré jubilar. Tengo 60 años y 3 hijos ya grandes.

Buen día Estela. Muchas mujeres como usted comenzaron a aportar de grande y hoy llegan a la edad jubilatoria sin contar con los 30 años requeridos. Desde mañana Anses comenzará a reconocer aportes según los hijos que ha tenido, como una forma de reconocer el tiempo que por dedicarse a su crianza no ha podido aportar. A sus 19 años de aportes en la Provincia hay que sumarle ahora tres (3) años más por sus hijos. En total ya cuenta con 22 años aportados. Lo que le falta, son 8 años, puede completarlo con un plan de pagos de hasta 60 cuotas que le descontarán una vez jubilada.

Héctor Maldonado (Apolinario Saravia): Soy jubilado y pensionado, ambas con la mínima. ¿Me corresponde el bono para jubilados?

Buen día Héctor. Si, efectivamente, le corresponde el bono de $5.000 que desde mañana comienza a pagar la Anses. Está previsto que reciban los $5.000 quienes ganen hasta dos haberes mínimos. Es decir hasta $46.130.

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