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Judicializan proceso que se utilizó para designar auditores

Entidades de contadores presentaron una demanda por considerar inconstitucional la elección de Maidana y Alzogaray.
Domingo, 29 de mayo de 2022 01:13

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas presentaron una acción de inconstitucionalidad por la forma en que fueron designados Elsa Pereyra Maidana y Marcos Segura Alzogaray como miembros de la Auditoría General de la Provincia (AGP).

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El Consejo Profesional de Ciencias Económicas y el Colegio de Graduados en Ciencias Económicas presentaron una acción de inconstitucionalidad por la forma en que fueron designados Elsa Pereyra Maidana y Marcos Segura Alzogaray como miembros de la Auditoría General de la Provincia (AGP).

Con esta demanda piden a la Justicia que utilice el mecanismo de control de legalidad para una situación que consideran se habría hecho de manera contraria a lo que establece la Constitución de la Provincia.

A través de una página web, las entidades informaron que en defensa de la profesión, el 19 de este mes, a través del abogado Sebastián Espeche, presentaron a la Justicia una demanda consistente en una acción de inconstitucionalidad por la forma en que fueron designados Pereyra Maidana y Segura Alzogaray.

La conflictiva designación se originó a fines del 2021, cuando ambos abogados fueron postulados por la comisión de Auditoría de Diputados.

Las propuestas de ambos fueron elevadas al Senado mientras se debatía la reforma del artículo 169 de la Constitución para que la oposición tenga mayor representación en la comisión de Diputados y en la Auditoría General.

Los cambios en la Carta Magna fueron sancionados y legisladores de la oposición plantearon que no se podía continuar con las postulaciones, ya que fueron hechas con el "viejo"" artículo 169 de la Constitución Provincial en lo que respecta a la integración de la comisión de Auditoría de Diputados.

En ese momento, las entidades que nuclean a los contadores también pidieron que a la hora de designar a los auditores se tenga en cuenta a los profesionales del área.

También solicitaban que se constituya la comisión de Diputados de acuerdo al nuevo mandato constitucional y se proceda a efectuar nuevas postulaciones.

A pesar de estos planteos, después de un silencio de más de dos meses, en marzo pasado el Senado resolvió avanzar con las designaciones propuestas con el "viejo" texto.

Antes de la reforma constitucional, la comisión de Auditoria tenía mayoría de diputados oficialistas y fue este espacio el que postuló a Pereyra Maidana y Segura Alzogaray.

Ahora, esta comisión se debe integrar con siete miembros y de ellos, cuatro tienen que ser representantes de la oposición.

Desde este espacio plantean que este precepto no se estaría cumpliendo ya que "solo dos diputados, uno de Salta Independiente y otro de la UCR, son de la oposición, mientras que los otros cinco "están alineados con el oficialismo".

A través de la acción de inconstitucionalidad, el Consejo y el Colegio de Contadores recurren a la Justicia pidiendo la nulidad de los nombramientos de Pereyra Maidana y Segura Alzogaray como miembros de la Auditoría General.

Frente al hecho de que ambos son abogados, se considera que por lo menos uno de los designados debería ser licenciado en administración o contador público.

El nuevo mandato constitucional 

El artículo 169, punto III, párrafo 7°, de la Constitución de la Provincial reformada, establece que la Auditoría General de la Provincia se conforma con cinco miembros, procurando su integración con criterio federal. 
Estos deben tener al menos 30 años de edad y 10 años en el ejercicio de la profesión, título universitario en ciencias económicas, abogacía u otros graduados con especialización en administración financiera, control o auditoría.

Selección

El texto constitucional señala que son seleccionados por una Comisión de Auditoría de la Cámara de Diputados integrada por siete miembros, de los cuales cuatro deben pertenecer a los partidos políticos o frentes electorales de la oposición.
Agrega que la selección efectuada debe ponerse en conocimiento del plenario de la Cámara de Diputados. Indica que son designados previa audiencia pública por la Cámara de Senadores en sesión pública.
 
Mandato

El texto constitucional establece que duran ocho años en sus funciones, no pudiendo ser designados nuevamente. 
Agrega que tienen las mismas incompatibilidades, gozan de las mismas inmunidades que las juezas y los jueces, y son removidos por las mismas causas que éstos mediante juicio político.

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