¿Quieres recibir notificaciones de alertas?

22°
28 de Marzo,  Salta, Centro, Argentina
PUBLICIDAD

Aerolínea deberá resarcir a una pasajera a la que no le dieron comida apta para celíacos en el avión

Un fallo de la justicia Federal de Salta dictaminó que la empresa Latam deberá abonarle a la mujer $45 mil pesos en concepto de daño, y dejar sin efecto la disposición que establece que en los vuelos inferiores a tres horas y media no se brindará el servicio de comida especial.
Sabado, 18 de junio de 2022 14:05

Una mujer de Salta interpuso una acción sumarísima de defensa del consumidor contra la aerolínea internacional Latam Airlines por no haberle brindado un menú especial de alimentos bajos en glúten, a pesar de haber informado que era una paciente celíaca. Según consta en la causa, la mujer había comprado pasajes con destino a distintas ciudades de Colombia.

Alcanzaste el límite de notas gratuitas
inicia sesión o regístrate.
Alcanzaste el límite de notas gratuitas
Nota exclusiva debe suscribirse para poder verla

Una mujer de Salta interpuso una acción sumarísima de defensa del consumidor contra la aerolínea internacional Latam Airlines por no haberle brindado un menú especial de alimentos bajos en glúten, a pesar de haber informado que era una paciente celíaca. Según consta en la causa, la mujer había comprado pasajes con destino a distintas ciudades de Colombia.

Sin embargo, explicó que no se le brindó el menú sin TACC, pese al pedido realizado antes del viaje y los diversos reclamos posteriores, y que durante los dos primeros vuelos de ida, únicos en los que existió servicio abordo, a todos los pasajeros se les brindó un refrigerio (sándwiches, muffins y gaseosa) mientras que a ella no se le ofreció uno adecuado por su condición pese a su requerimiento efectuado con la antelación debida, por lo que sólo pudo consumir bebida.

Los hechos ocurrieron en 2018 y finalmente, el Juzgado Federal Nº 1, a cargo del Dr. Julio Leonardo Babio y la secretaria Civil, Dra. María Antonieta Day, falló a favor de la demandante que deberá ser resarcida por la empresa Latam con la suma de $45 mil pesos. Además, ordenan a la aerolínea que deje sin efecto la disposición interna que establece que en los vuelos inferiores a tres horas y media no se brindará el servicio de comida especial. La Justicia consideró que esa conducta implicó una infracción a las previsiones de la Ley 26.588, que obliga a las empresas de transporte aéreo, terrestre y acuático a contar con servicio de alimentos a bordo de “ofrecer al menos una opción de alimentos o un menú libre de gluten” y que la situación constituyó una “indigna atención al cliente” y un “trato inequitativo e indigno”. 

Antes de llegar a la Justicia, la pasajera denunció la situación ante la Secretaría de Defensa del Consumidor de Salta por los reiterados incumplimientos a lo establecido en las Leyes 24240 y 26588; y que en esas actuaciones se celebraron cuatro audiencias de conciliación.  .

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD
PUBLICIDAD