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Más de 22 mil usuarios se suman al beneficio de la tarifa social de la luz en Salta

El Ente Regular de los Servicios Públicos actualizó su base de datos con el parámetro de dos salarios mínimos vitales y móviles, por lo cual más personas recibirán el subsidio. 
Jueves, 22 de septiembre de 2022 19:49

En medio de la crisis e inestabilidad económica, el Ente Regulador de los Servicios Públicos informó que 22.037 usuarios se sumarán al beneficio de la tarifa social de la luz.

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En medio de la crisis e inestabilidad económica, el Ente Regulador de los Servicios Públicos informó que 22.037 usuarios se sumarán al beneficio de la tarifa social de la luz.

La cifra se desprende de una actualización de la base de datos del organismo provincial, tras lo cual un número mayor de personas fueron incorporadas al padrón del subsidio. 

Para esta actualización se utilizó el parámetro establecido por dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, que pasó a comprender usuarios con ingresos menores a $102.600. En consecuencia, el universo de beneficiarios creció de 108.527 a 130.564.

“El Directorio del ENRESP, atendiendo la situación socio-económica imperante y a la segmentación tarifaria anunciada por el gobierno nacional en el ámbito de su jurisdicción (costo de abastecimiento), entiende que corresponde disponer, a los efectos de mantener actualizada la segmentación tarifaria provincial, la actualización de los parámetros de la Tarifa Social Residencial
oportunamente establecida mediante Resolución Ente Regulador N° 615/2022, esto es, recalcular el ingreso de los usuarios con el valor actualizado equivalente a dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles”, dice el ente en su resolución con fecha del 20 de septiembre.

La normativa vigente indica que el padrón esta conformado por: 

  • Usuarios con ingresos equivalentes al valor actualizado de dos Salarios Mínimos Vitales y Móviles, encuadrados en los siguientes supuestos:
  • Beneficiarios y beneficiarias de la Asignación Universal por hijo (AUH) y la Asignación por embarazo.
  • Beneficiarios y beneficiarias de Pensiones no Contributivas.
  • Usuarios inscriptos y usuarias inscriptas en el Régimen de Monotributo Social.
  • Jubilados y jubiladas, pensionados y pensionadas.
  • Trabajadores y trabajadoras en relación de dependencia.
  • Trabajadores monotributistas inscriptos y trabajadoras monotributistas inscriptas en una categoría afín.
  • Usuarios y Usuarias que perciben el seguro de desempleo.
  • Usuarios incorporados y usuarias incorporadas en el Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados de Casas Particulares
  • Usuarios que residen en barrios inscritos en RENABAP
  • Usuarios con subsidio conforme Resolución Ente Regulador N° 1786/21
  • Merenderos, comedores, instituciones beneméritas y clubes deportivos subsidiados a la fecha, conforme Resoluciones emitidas por el ENRESP.

En base a estos parámetros, los usuarios que quedarán amparados en el padrón mantendrán una vigencia inalterable hasta el 30 de junio de 2023.

No obstante, y en rigor al cumplimiento estricto de este régimen solidario, de verificarse inconsistencias entre la información registral considerada para las categorizaciones establecidas y la situación real de los usuarios alcanzados por los beneficios, el ENRESP se encuentra habilitado para excluir de sus padrones a aquellos usuarios que evidencien una manifestación de solvencia incompatible.

 

 

 

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