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29 de Marzo,  Salta, Centro, Argentina
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Procesaron a un exguardiacárcel por su participación en la Masacre de Palomitas

El imputado cumplía tareas en el Penal de Villa Las Rosas. Según la Fiscalía, el acusado colaboró activamente en el operativo que culminó con los homicidios de 11 presos políticos en un procedimiento fraguado, el 6 de julio de 1976.
Viernes, 06 de enero de 2023 10:27

El juez federal de Garantías N°1 de Salta, Julio Bavio, procesó con prisión preventiva al ex guardiacárcel Vicente Agustín Puppi como partícipe secundario del delito de vejámenes agravados por el uso de violencia, en perjuicio de once presos políticos que estaban alojados en la Unidad Penal de Villa Las Rosas y que fueron asesinados, el 6 de julio de 1976, en la denominada “Masacre de Palomitas”. Asimismo, trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $1.500.000. En la investigación del caso interviene el Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Federal de Salta, a cargo del fiscal general Carlos Martín Amad.

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El juez federal de Garantías N°1 de Salta, Julio Bavio, procesó con prisión preventiva al ex guardiacárcel Vicente Agustín Puppi como partícipe secundario del delito de vejámenes agravados por el uso de violencia, en perjuicio de once presos políticos que estaban alojados en la Unidad Penal de Villa Las Rosas y que fueron asesinados, el 6 de julio de 1976, en la denominada “Masacre de Palomitas”. Asimismo, trabó embargo sobre sus bienes hasta cubrir la suma de $1.500.000. En la investigación del caso interviene el Área de Derechos Humanos de la Unidad Fiscal Federal de Salta, a cargo del fiscal general Carlos Martín Amad.

En la sentencia, dada a conocer el 29 de diciembre pasado, el magistrado ordenó que continue la investigación respecto del ex militar Luis Dubois y del ex guardiacárcel Juan Salvador Sanguino, por su presunta responsabilidad en el mismo hecho.

La investigación es un desprendimiento de otro expediente denominado “Palomitas II”, y el procesamiento de Puppi -quien se desempeñaba en el Servicio Penitenciario de la Provincia de Salta- se da en el marco de la investigación complementaria desarrollada por la Fiscalía en base a las declaraciones brindadas por testigos en el juicio por la “Masacre de Palomitas”, ocurrida el 6 de julio de 1976.

Aquel día, grupos militares retiraron a seis hombres y cinco mujeres que estaban detenidas ilegalmente en la Unidad Penal de Villa Las Rosas para trasladarlas hasta el Paraje Las Pichanas, en la localidad salteña de Palomitas, donde fueron asesinadas en un procedimiento fraguado para simular un enfrentamiento con un grupo de guerrilleros. Este hecho formó parte de la acusación formulada en el Juicio a las Juntas en 1985.

 

En base a las pruebas reunidas, el juez Bavio concluyó que Puppi cumplió tareas activas en la entrega de las 11 personas presas que, según la versión de los militares, debían ser trasladados a la provincia de Córdoba, pero que luego murieron en una supuesta emboscada con un grupo subversivo que había intentado liberarlas.

 

Para dejar en claro la participación de Puppi, el magistrado remarcó el contenido de su legajo, el que indicaba que prestó servicio en el penal de Villas Las Rosas desde enero de 1976 y por un año, tiempo en que se desempeñó con el grado de auxiliar en la Unidad Carcelaria N°1, de hombres. Asimismo, en su indagatoria, el imputado indicó que, la noche del hecho, estuvo presente en el penal, pero en el pabellón de presos comunes y no intervino en nada vinculado con los detenidos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional.

Sin embargo, la coartada de Puppi fue desechada. Ello, por cuanto distintos testigos que estaban detenidos en la misma condición de los que resultaron asesinados, reconocieron a Puppi como uno de los celadores que colaboró con la entrega de los presos políticos asesinados luego en Palomitas. También, el superior inmediato del acusado aseveró que Puppi colaboró al momento de subir los presos al camión de la “comitiva” militar que llegó al penal esa noche.

Calificación

Al resolver la responsabilidad penal, el juez sostuvo que el accionar de Puppi “no debe ser analizado desde un punto de vista estrictamente causal, como contribución fáctica al resultado, toda vez que la cooperación debe ser dolosa. Es decir, el cómplice debe saber que presta un aporte a la ejecución de un hecho punible”.

En base a ello, señaló que Puppi “obró con el dolo de cómplice de acuerdo al conocimiento que tuvo de colaborar en un traslado de detenidos que fue absolutamente vejatorio a la dignidad de las personas, por lo que, su participación queda delimitada en función a lo que él positivamente conocía”.

 

Basado en declaraciones testimoniales y prueba documental, el magistrado destacó que el imputado realizaba tareas en el pabellón de presos políticos, lo que afirma su participación en el hecho imputado.

 

“A la luz de tales evidencias, cabe concluir que Puppi participó en la faz operativa brindando un auxilio a los militares que fueron a buscar a los detenidos”, tarea que consistió en el traslado de los presos, desde su celda, a los vehículos en los que fueron trasportados, lo que fue admitido, incluso, por un oficial superior del acusado.

“Quiere decir, entonces, que se encuentra acreditado que Puppi recibió la orden, brindando un auxilio al tiempo del retiro de los presos, el que se llevó a cabo de una manera vejatoria afectando la dignidad de las personas”, agregó.

Sobre el grado de participación, en tanto, el juez citó variada jurisprudencia y concluyó en que “el aporte” del imputado “no aparece como necesario pues habría prestado el auxilio por el hecho de que estaba trabajando en esa oportunidad”. En tal sentido, consideró que “por ello, cabe inclinarse por considerar que el imputado reviste el carácter de cómplice secundario en relación a delito de vejaciones agravado por el uso de violencia”.

En esta causa, cabe mencionar, también fueron indagados los ex coroneles del Ejército, Joaquín Cornejo Alemán y Ricardo Benjamín Isidro de la Vega, ambos fallecidos.

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