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Respuestas previsionales

Domingo, 12 de marzo de 2023 03:04

Marcela Acosta: siempre trabajé en negro y además me hice cargo de 4 hijos. Ahora cumplo 62 años, pero el año pasado me dijeron que no podría jubilarme. Quisiera saber si con esta nueva ley de moratoria podré jubilarme.

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Marcela Acosta: siempre trabajé en negro y además me hice cargo de 4 hijos. Ahora cumplo 62 años, pero el año pasado me dijeron que no podría jubilarme. Quisiera saber si con esta nueva ley de moratoria podré jubilarme.

Buen día Marcela. Ahora con la nueva ley de Plan de Pago de Deuda Previsional podrá jubilarse. En primer lugar como madre de cuatro (4) hijos le reconocerán cuatro (4) años de aportes porque el Programa de reconocimiento por tareas de cuidado sigue vigente. Adicionalmente por haber superado la edad jubilatoria hace dos (2) años le bonificarán un (1) año más. Los 25 años de aportes restantes podrá cancelarlos con el nuevo plan de pagos. Le irán descontando de su jubilación, será un haber mínimo de $58.665, 120 cuotas de $14.000 aproximadamente. Se espera que la ley esté reglamentada en unas semanas para iniciar los trámites.

Elba Ordóñez: tengo la pensión por fallecimiento de mi esposo que recibo hace muchos años. Es un haber mínimo y la verdad no me alcanza. ¿Puedo jubilarme? ¿O es incompatible?

Buen día Elba. Jubilación y pensión por fallecimiento no son incompatibles. Dependiendo de sus edad y años de aportes sí podría jubilarse. Habría que revisar su caso con mayor detalle, pero le adelanto que ahora, con la nueva ley, su jubilación aparece como una opción más cercana.

Diego Chiliguay: falleció mi madre que recibía la pensión de madre de 7 o más hijos. Quedó mi papá y somos 9 hermanos, 3 aún menores. Ese ingreso era muy importante en mi casa. ¿Podremos solicitar alguna pensión?

Buen día Diego. Lamento mucho su pérdida, Diego. Al fallecer la titular de una pensión de madre de 7 o más hijos, tienen derecho a continuar percibiéndola el viudo o concubino, si está incapacitado para el trabajo y a cargo de la titular a la fecha de su fallecimiento. También pueden recibirla los hijos menores; o sin límite de edad si tienen discapacidad.

Roberto Rosas: hace unos meses dejé de cobrar el salario familiar. Según pude averiguar fue porque había aumentado mi sueldo. Me dijeron que ahora en marzo quizás ya me pagaban. ¿Puede ayudarme?

Buen día Roberto. Las asignaciones familiares son percibidas por aquellos grupos familiares con hijos de hasta 18 años o si tienen una discapacidad sin límite de edad, siempre y cuando las remuneraciones del grupo familiar no superen un determinado tope. Desde marzo de 2022 el tope para cada progenitor era de $158.000. Se toman en cuenta remuneraciones brutas y sumas no remunerativas declaradas por el empleador, rentas de referencia para trabajadores autónomos, monotributistas y servicio doméstico, más haberes de jubilación y pensión, si alguno es beneficiario. A lo largo del año pasado fue quedando desactualizado y así muchos trabajadores perdieron las asignaciones familiares. Ahora hubo una modificación en ese tope y desde marzo de 2023 el nuevo tope es de $404.000 con lo cual muchos niños y adolescentes vuelven a recibir las asignaciones. Le sugeriría que espere su fecha de cobro, muy probablemente le estén acreditando en estos días.

 

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