"Se preguntan si podrá el hombre común decidir si un hecho ocurrió ¿Es tan difícil?". Con este concepto, Héctor Granillo Fernández respondió a los cuestionamientos al juicio por jurado.
El especialista disertó sobre el tema esta semana en Salta, mientras se debate la implementación del sistema en el que los ciudadanos comunes resuelven casos policiales y el Poder Ejecutivo impulsa una iniciativa para aplicar este modelo que podría aprobarse en el corto plazo.
Granillo Fernández consideró que cualquiera puede determinar si un acusado es culpable de un delito y consideró que, a la Justicia actual, le falta credibilidad. "Decir si algo ocurrió o no ocurrió se transformó en una ciencia oculta que solo conocen algunos", cuestionó.
En Salta se proyecta comenzar a aplicar el juicio por jurados ¿Cómo es la experiencia en otras provincias argentinas?
La experiencia argentina en juicios por jurados es anterior a la Constitución Nacional y muy rica. Tiene muchas expresiones a partir de un decreto del Triunvirato, de 1811, que contiene un proyecto de juicios por jurado para el Río de la Plata.
La asamblea del año XIII tiene el proyecto de Constitución para las Provincias Unidas con jurados. Hay un montón de expresiones en ese sentido.
Los galeses instalaron jurados en la provincia de Chubut en la década del 50 del siglo XIX. También existen en la historia de Entre Ríos.
Quiero decir que se llega al juicio por jurado en la Constitución de 1853, no por una moda, sino por la historia argentina y sus antecedentes. A partir de este año empieza la resistencia a la instauración del jurado, una resistencia que tiene un alto contenido político y de intereses.
Se pergeñó un Poder Judicial ajeno a la forma republicana porque se lo hizo sin la participación del pueblo. El pueblo soberano es el único indispensable en una república. Los demás son, alternativamente, funcionarios del Estado.
La república exige que los tres poderes tengan participación popular. La Constitución elige la forma de los juicios por jurados para la Justicia porque no hay otra.
No se podría pensar en estos proyectos que postulaban la elección a través de partidos políticos. Eso choca con las garantías constitucionales de imparcialidad e independencia que deben tener los tribunales.
De este modo, llegamos a la experiencia cordobesa que empezó hace diez años y que tiene un sistema escabinado. Significa que una cámara de tres jueces y ocho legos hace el veredicto. En el modelo clásico, en cambio, todos son legos en el jurado.
Las leyes que se aplican en Buenos Aires y Neuquén, que tiene una modalidad clásica, prohíben la incorporación en el jurado de abogados, escribanos o procuradores.
Es bastante difícil de entender que una decisión que no tiene contenido jurídico pueda ser consensuada con quienes tienen contenido jurídico.
El jurado escabinado en Córdoba funcionaba primero con una cámara de tres jueces con dos legos. Es algo bastante poco imaginable un jurado con la influencia de letrados sobre legos. En 2004 se hizo una reforma legislativa muy trascendente y el jurado pasó, de tener dos legos, a tener ocho.
Córdoba, Neuquén y Buenos Aires ya tienen juicios por jurados ¿Cuáles son los resultados?
Córdoba tiene una experiencia muy sostenida y respetada por el pueblo. No hubo un solo movimiento popular de protesta, como los hay de a montones respecto de los jueces a letrados.
Eso es muy importante porque el jurado es ínsito a la forma republicana de gobierno.
En Neuquén, que tiene el modelo clásico y recién comienza, hubo unos diez juicios. Todos tuvieron el respeto absoluto y ninguna manifestación en contra.
En la provincia de Buenos Aires está por hacerse el primer juicio oral por jurado y, por lo tanto, no podemos hablar de la experiencia.
En los grandes centros urbanos hay manifestaciones permanentes por justicia y se están extendiendo.
Una de las objeciones que se hacen a los juicios por jurados se relaciona con la preparación que puede tener la población para resolver un caso.
¿Y no se hacen objeciones para ver qué preparación puede tener para votar al Ejecutivo y al Legislativo, pagar impuestos, ir a la guerra o reconocer hijos?
Nadie se pregunta eso. Se preguntan si podrá el hombre común, después de una selección de calidades obviamente, decidir si un hecho ocurrió ¿Es tan difícil?
Se ha estereotipado jurídicamente tanto... Se ha dado un contenido de desnaturalización a las cosas. Decir si algo ocurrió o no ocurrió se transformó en una ciencia oculta que solo conocen algunos.
La igualdad ante la ley está en la Constitución y la forma republicana también. No creo que sea ese el argumento para discutir el juicio por jurados. Se lo discute desde hace 170 años por intereses de algunos sectores.
Hay gente que desconfía del jurado porque no lo conoce. Ni a los abogados nos han enseñado cómo es. En la currícula de muchísimos abogados que se reciben hoy, no hay ni una hora de clase sobre el tema.
¿Cualquier ciudadano puede ser jurado?
Yo digo que en principio sí, porque hay una audiencia de selección. Puede haber un grupo culturalmente apto y, en la selección, uno se da cuenta de que tiene un montón de ineptos.
Ahora, si hay un prejuicio... Si nos enojamos porque, entre los integrantes de un jurado, habrá alguien de clase baja que tiene inteligencia, sabe leer y escribir y puede opinar, entonces no hay república.
Creo que en la diversidad y en la horizontalidad de la elección del jurado está la riqueza de la república. Esto no es perorata.
Ahora, ¿somos republicanos? Porque con el Poder Judicial venimos ensayando un resabio de la monarquía española. Tenemos magistrados que duran toda la vida y nunca revalidan. Los profesores de las universidades concursan cada siete años.
No pretendo una crítica a los magistrados pero pretendo una confrontación sana cuando se debe defender el esquema de la Constitución.
Los jueces son respetabilísimos e indispensables. Son magistrados de altísima jerarquía y son únicos en su contenido funcional, pero no pueden suplantar al pueblo en el esquema constitucional. Una Justicia sin jurados es una Justicia de corte monárquico.
¿Qué tipo de delitos se deberían juzgar con un juicio por jurado?
Como poder, se pueden juzgar todos. Pero, en los hechos, el juicio por jurado es un juzgamiento de excepción. Es poco imaginable que un hurto simple vaya al juicio por jurado. Hay salidas alternativas que hay que consensuar antes de seleccionar lo que entra en este sistema.
El artículo 118 de la Constitución dice que todos los juicios criminales que no deriven de la acusación de las cámaras serán llevados a cabo por jurados. Significa que la sociedad debe juzgar los casos trascendentes y más graves por jurados. Ese es el mandato.
Es difícil hoy ser imparcial e independiente como juez. Esta división de la concentración decisoria es muy sana.
Al veredicto lo dictan 12 jurados que son ajenos a todo interés de carrera jurídica, a todo interés jerárquico, a todo futuro funcional. Después del veredicto no se ven más. Son personas transitoriamente funcionales al Poder Judicial.
Usted habla de que la resistencia al juicio por jurados tiene que ver con intereses ¿Cuáles son?
Si yo manejo un tipo de administración de Justicia en la que, un resultado objetivo es la impunidad de delitos gravísimos para el Estado como, por ejemplo, la corrupción... Esto no es una imputación a todos los jueces.
En una Argentina corrupta, desde gobiernos anteriores, casi no hay una respuesta condenatoria a ese tipo de delitos. Esto nos tiene que llamar la atención.
Esto es impunidad y eso es muy malo porque tiene que ver con la credibilidad de la administración de Justicia. Las estadísticas en Argentina dicen que más del 90 por ciento de la gente descree del sistema.
En la provincia de Buenos Aires comenzaron los linchamientos. Esto es terrible. Es la ley de la selva a la que el hombre recurre cuando no tiene respuesta. Estos bolsones de impunidad son desprestigio para una de las actividades que debe tener mayor prestigio para asegurar la paz social.
Este es el desafío. Estamos a tiempo porque la Argentina todavía es un país de paz. Pero no tiremos de la cuerda y cumplamos con el modelo constitucional. Si después fracasamos, fracasamos.
¿Como se garantiza el debido proceso en un juicio por jurado?
Hay un juez que es presidente del tribunal. Dirige los debates, decide las incidencias y se encarga de instruir inicial y finalmente al jurado. Hoy es un conocimiento que no se tiene porque no se aplicó nunca, pero se aprende.
¿Sabe cómo es el sistema que se aplicaría en Salta?
Me parece que no hay mayor discusión, al menos en los ámbitos con los que tuve contacto, sobre aplicar el modelo clásico, que es el sistema puro de participación popular.
¿Hay capacitación para los que van a ser parte de un jurado?
Desde la Asociación Argentina de Juicio por Jurados hemos propuesto un modelo de capacitación. Si en Salta van a dictar una ley de jurados sería bueno que la acompañen con formación a jueces, fiscales, defensores y abogados.

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