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Jubilados y pensionados deben dar aviso a la ANSES que se ausentan del país

Todo jubilado o pensionado que se ausente del país por un período mayor a tres meses o resida en forma definitiva en un país sin Convenio de Reciprocidad debe comunicarlo a la ANSES.

Viernes, 17 de noviembre de 2017 11:57

Lo informa ANSES a través de un comunicado, al tiempo que agrega también que quedan eximidas aquellas personas que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Países Bajos, Colombia, Estados Unidos y Eslovenia, debido a que existen Convenios de Reciprocidad entre la República Argentina y esos estados.

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Lo informa ANSES a través de un comunicado, al tiempo que agrega también que quedan eximidas aquellas personas que viajen a Brasil, Chile, Uruguay, Paraguay, España, Italia, Portugal, Grecia, Estados Unidos, Países Bajos, Colombia, Estados Unidos y Eslovenia, debido a que existen Convenios de Reciprocidad entre la República Argentina y esos estados.

Para realizar la gestión, el titular debe presentarse en cualquier delegación de la ANSES, con su documento, último recibo de cobro, pasaporte y pasajes, o en su defecto, el certificado de la compañía por la que viajará, para dejarlo asentado.

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