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15 de Mayo,  Salta, Centro, Argentina
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El IPS deberá cubrir una cirugía bariátrica y el tratamiento complementario

Martes, 27 de marzo de 2012 00:32

La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a un recurso de apelación y ordenó al Instituto Provincial de Salud a cubrir de forma integral una práctica de cirugía bariátrica y los gastos relativos a los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos y farmacológicos.
 

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La Corte de Justicia de Salta hizo lugar a un recurso de apelación y ordenó al Instituto Provincial de Salud a cubrir de forma integral una práctica de cirugía bariátrica y los gastos relativos a los tratamientos médicos necesarios, incluyendo los nutricionales, psicológicos, clínicos, quirúrgicos y farmacológicos.
 

La ley 26396 de trastornos alimenticios, incorporó el tratamiento de tal enfermedad al Programa Médico Obligatorio que deberá ser brindado por todas las obras sociales del Sistema Nacional.
 

La sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo omitió pronunciarse en relación a los tratamientos médicos complementarios en tanto que estableció el monto de 26 mil pesos para la cobertura. Esto dio lugar a la apelación ya que la obra social se ciñó a este presupuesto.
 

Además indicó la Corte de Justicia que el hecho que en la primera instancia no se hubiera pronunciado sobre la cobertura de las prácticas adicionales “constituye una anomalía que afecta por incongruencia la validez del fallo”.

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