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Feriados puente 2014: 2 de mayo y 26 de diciembre

Miércoles, 13 de noviembre de 2013 01:36

En 2014 el 2 de mayo y el 26 de diciembre serán feriados “puente”, también llamados feriados con fines turísticos, que extenderán el fin de semana durente los cuales se conmemorará el Día del Trabajador y la Navidad. En tanto, en 2015 esas jornadas no laborables serán el 23 de marzo y el 7 de diciembre, mientras que en 2016 serán el 8 de julio y el 9 de diciembre.

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En 2014 el 2 de mayo y el 26 de diciembre serán feriados “puente”, también llamados feriados con fines turísticos, que extenderán el fin de semana durente los cuales se conmemorará el Día del Trabajador y la Navidad. En tanto, en 2015 esas jornadas no laborables serán el 23 de marzo y el 7 de diciembre, mientras que en 2016 serán el 8 de julio y el 9 de diciembre.

Ayer el Gobierno nacional dio a conocer las fechas en las que no se trabajará para generar fines de semana largos destinados al turismo interno durante los próximos tres años, a través del decreto 1768/2013 publicado en el Boletín Oficial.

El ministro de Turismo, Enrique Meyer, destacó que “el calendario de feriados brinda un marco de previsibilidad al sector y contribuye a que cada vez más argentinos puedan viajar por el país. En cada fin de semana largo, más de un millón de puestos de trabajo se ponen en marcha”.

En el caso de las provincias de Salta y de Jujuy, en el norte argentino, los feriados largos generaron una importante actividad, ya que este año, para esas fechas, las reservas hoteleras llegaron a un techo del 100 por ciento y un piso que superó el 70%.

“El ordenamiento de feriados permite que podamos trabajar de manera más ordenada, teniendo como objetivo primordial el desarrollo de las economías regionales, que se ven beneficiadas con el crecimiento y la distribución del turismo durante todo el año, evitando la estacionalidad”, añadió el funcionario.

Normativa

En los considerandos de la nueva disposición se explica que el artículo 3 del decreto 1584 del año 2010 “instituye los feriados con fines turísticos, facultando al Poder Ejecutivo Nacional, en los casos en que los feriados nacionales coincidan con los días martes o jueves, a fijar dos feriados por año que deberán coincidir con los días lunes o viernes inmediatos respectivos”.

Esa norma dispone que el PEN “fijará, en los casos en que los feriados no coincidan con los días martes o jueves, dos feriados destinados a desarrollar la actividad turística”, más conocidos como “feriados puente”.

La medida está relacionada “con permitir disminuir los efectos negativos de la estacionalidad del sector turístico, procurando distribuir en el tiempo y en el espacio los movimientos de turistas y visitantes, aumentando así los efectos beneficiosos para el sector turístico, contribuyendo al desarrollo de la economía tanto nacional como regional''.

Bicentenario

Específicamente sobre el 2016, el decreto publicado ayer explica que en el transcurso del ese año un solo feriado nacional coincidirá con un día martes o jueves, por lo que “corresponde fijar adicionalmente para ese año un feriado en un día determinado”.

En ese marco, la disposición destaca que “el 9 de julio de 2016 se conmemorará el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de la Patria, fecha cúlmine del período de festejos patrios del Bicentenario iniciado el 25 de mayo de 2010”.

Teniendo en cuenta que el 8 de julio de ese año es día laborable, “y previéndose que con motivo de los festejos de la fecha histórica del 9 de julio habrá una masiva movilización de habitantes, turistas y delegaciones en todo el territorio de la Nación”, el decreto establece ese día como “feriado turístico”.

 

 

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