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Confirman la condena a Solá Torino y la fiscalía pedirá que lo detengan

El exjuez del Tribunal Oral Federal de Salta fue condenado en 2016 a 6 años de prisión por el delito de cohecho pasivo agravado. Está en libertad debido a que la sentencia no está firme.
Jueves, 22 de febrero de 2018 17:53

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad el recurso presentando por el destituido juez José Antonio Solá Torino, en contra del fallo dictado en marzo de 2016 por el Tribunal Oral Federal de Salta que lo condenó a 6 años de prisión por el delito de cohecho pasivo agravado. En los mismo términos el tribunal de alzada se pronunció respecto a los planteos realizados por Héctor Hugo Salazar, Gabriela Mabel Vázquez y Graciela del Valle Ferreyra, condenados a 3 años de prisión. Se trata de las personas que participaron de este entramado para lograr que el magistrado beneficiara la situación de un narcotraficante.
 Luego de conocerse el fallo el fiscal general Carlos Martín Amad confirmó a El Tribuno  que hoy a la mañana pedirá al tribunal que dictó la sentencia hace dos años que ordene la detención de Solá Torino. El abogado goza de libertad por imperio de una benefactora ley que establece que los imputados que llegan a juicio en esa condición no pueden quedar detenidos hasta tanto la condena no quede firme.
Durante aquel proceso se probó que en 2007 Solá Torino cobró una coima de 15 mil pesos para levantar el pedido de arresto que pesaba sobre Miguel Farfán, quien en 1999 había sido condenado por el tráfico de 400 kilos de droga. El nombrado Farfán se encuentra actualmente prófugo.
El fallo de la Cámara Federal de Casación data del 26 de diciembre pasado, pero recién tomó estado público ayer. El tribunal integrado por Eduardo Riggi, Ana María Figueroa y Liliana E. Catucci, emitió un fallo durísimo luego de analizar en profundidad el caso y los fundamentos de la sentencia aplicada a los imputados por la Justicia de Salta.
Por lógica consecuencia, los jueces descargaron toda la artillería de la ley contra Solá Torino, quien al momento de los hechos integraba el tribunal colegiado que juzga los delitos de narcotráfico. “En el caso aquí analizado, el juez no cumplió sus funciones en el ámbito del control de cumplimiento de la pena de una persona condenada por un delito (un delito grave, cabe añadir) con fidelidad y apego a la ley”, expresa en uno de los párrafos la jueza Figueroa al fundamentar su voto. Y agrega: “Por el contrario, actuó con venalidad pues a cambio de una suma de dinero dictó un auto en violación a la ley y de ese modo, además, traicionó los principios éticos y de rectitud que se le imponían, a la vez que perjudicó al Estado como legítimo depositario de la administración de justicia y a la sociedad toda”.
Con la misma firmeza Figueroa sostiene que en el proceder de Solá Torino “lo que no debe pasarse por alto es que el magistrado que actúa como lo hizo el aquí condenado, no sólo compromete su integridad personal y profesional, sino que perjudica a toda la administración de justicia, desacredita al Estado frente a la sociedad, pues traiciona el trascendental mandato que ésta le ha encomendado y lo pone en riesgo de incurrir en responsabilidad frente a la comunidad internacional”. Frente a lo expuesto señala que hechos como el juzgado en el marco de esta causa “deben ser objeto del más fuerte repudio y suscitan el deber de todos los organismos intervinientes de extremar los recaudos para lograr su descubrimiento, enjuiciamiento y castigo”.
La magistrada también es categórica en su análisis respecto al cuestionamiento que hizo la defensa sobre el monto de la pena que el Tribunal Oral Federal de Salta le aplicó a Solá Torino. A su juicio dicho planteo “no resiste un análisis serio, pues de una simple lectura del fallo surge que la determinación de la pena en seis años de prisión se encuentra fundada y que ha brindado los argumentos para apartarse del mínimo legal”. En tal sentido observa que se le impuso una pena menor a la solicitada por el acusador público en los alegatos.
Por su parte la jueza Catucci marcó dos cuestiones paradójicas para sustentar con más fuerza el reproche en el proceder de Solá Torino. Como atenuante destaca su buena conducta procesal, su decisión de ajustarse a derecho en el tiempo que insumió su juzgamiento y la falta de antecedentes”. Sin embargo plantea como agravantes en su accionar al tratarse de una persona con un alto grado de educación, su capital intelectual, su condición de docente formador de jóvenes abogados en la Universidad Católica de Salta y su vasta experiencia como juez. 
“Como él mismo lo señaló, con la consecuente misión que tenía en su desempeño laboral, en el juzgamiento de aquellos que infringen la ley, su destacada situación social y su holgada posición económica, debieron ser motivos suficientes para conformar sus conductas con las de un ciudadano íntegro y virtuoso”, subraya la jueza Catucci.

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La Cámara Federal de Casación Penal rechazó por unanimidad el recurso presentando por el destituido juez José Antonio Solá Torino, en contra del fallo dictado en marzo de 2016 por el Tribunal Oral Federal de Salta que lo condenó a 6 años de prisión por el delito de cohecho pasivo agravado. En los mismo términos el tribunal de alzada se pronunció respecto a los planteos realizados por Héctor Hugo Salazar, Gabriela Mabel Vázquez y Graciela del Valle Ferreyra, condenados a 3 años de prisión. Se trata de las personas que participaron de este entramado para lograr que el magistrado beneficiara la situación de un narcotraficante.
 Luego de conocerse el fallo el fiscal general Carlos Martín Amad confirmó a El Tribuno  que hoy a la mañana pedirá al tribunal que dictó la sentencia hace dos años que ordene la detención de Solá Torino. El abogado goza de libertad por imperio de una benefactora ley que establece que los imputados que llegan a juicio en esa condición no pueden quedar detenidos hasta tanto la condena no quede firme.
Durante aquel proceso se probó que en 2007 Solá Torino cobró una coima de 15 mil pesos para levantar el pedido de arresto que pesaba sobre Miguel Farfán, quien en 1999 había sido condenado por el tráfico de 400 kilos de droga. El nombrado Farfán se encuentra actualmente prófugo.
El fallo de la Cámara Federal de Casación data del 26 de diciembre pasado, pero recién tomó estado público ayer. El tribunal integrado por Eduardo Riggi, Ana María Figueroa y Liliana E. Catucci, emitió un fallo durísimo luego de analizar en profundidad el caso y los fundamentos de la sentencia aplicada a los imputados por la Justicia de Salta.
Por lógica consecuencia, los jueces descargaron toda la artillería de la ley contra Solá Torino, quien al momento de los hechos integraba el tribunal colegiado que juzga los delitos de narcotráfico. “En el caso aquí analizado, el juez no cumplió sus funciones en el ámbito del control de cumplimiento de la pena de una persona condenada por un delito (un delito grave, cabe añadir) con fidelidad y apego a la ley”, expresa en uno de los párrafos la jueza Figueroa al fundamentar su voto. Y agrega: “Por el contrario, actuó con venalidad pues a cambio de una suma de dinero dictó un auto en violación a la ley y de ese modo, además, traicionó los principios éticos y de rectitud que se le imponían, a la vez que perjudicó al Estado como legítimo depositario de la administración de justicia y a la sociedad toda”.
Con la misma firmeza Figueroa sostiene que en el proceder de Solá Torino “lo que no debe pasarse por alto es que el magistrado que actúa como lo hizo el aquí condenado, no sólo compromete su integridad personal y profesional, sino que perjudica a toda la administración de justicia, desacredita al Estado frente a la sociedad, pues traiciona el trascendental mandato que ésta le ha encomendado y lo pone en riesgo de incurrir en responsabilidad frente a la comunidad internacional”. Frente a lo expuesto señala que hechos como el juzgado en el marco de esta causa “deben ser objeto del más fuerte repudio y suscitan el deber de todos los organismos intervinientes de extremar los recaudos para lograr su descubrimiento, enjuiciamiento y castigo”.
La magistrada también es categórica en su análisis respecto al cuestionamiento que hizo la defensa sobre el monto de la pena que el Tribunal Oral Federal de Salta le aplicó a Solá Torino. A su juicio dicho planteo “no resiste un análisis serio, pues de una simple lectura del fallo surge que la determinación de la pena en seis años de prisión se encuentra fundada y que ha brindado los argumentos para apartarse del mínimo legal”. En tal sentido observa que se le impuso una pena menor a la solicitada por el acusador público en los alegatos.
Por su parte la jueza Catucci marcó dos cuestiones paradójicas para sustentar con más fuerza el reproche en el proceder de Solá Torino. Como atenuante destaca su buena conducta procesal, su decisión de ajustarse a derecho en el tiempo que insumió su juzgamiento y la falta de antecedentes”. Sin embargo plantea como agravantes en su accionar al tratarse de una persona con un alto grado de educación, su capital intelectual, su condición de docente formador de jóvenes abogados en la Universidad Católica de Salta y su vasta experiencia como juez. 
“Como él mismo lo señaló, con la consecuente misión que tenía en su desempeño laboral, en el juzgamiento de aquellos que infringen la ley, su destacada situación social y su holgada posición económica, debieron ser motivos suficientes para conformar sus conductas con las de un ciudadano íntegro y virtuoso”, subraya la jueza Catucci.

“Vamos a hacer lo que corresponde”

“No sabemos lo que hizo la defensa, pero nosotros, por lo pronto, vamos a pedir mañana (por hoy) a primera hora la detención del señor Solá Torino”, expresó el fiscal Carlos Amad. Dijo que este planteo lo hará junto a su par, Francisco Snopek, ante el Tribunal Oral que juzgó y condenó al exjuez en 2016.
Amad aclaró que “nosotros no fuimos notificados de lo resuelto por la Cámara Federal de Casación Penal y nos enteramos del fallo a través de la página web del Centro de Información Judicial”.
El fiscal señaló que “el fallo es a todas luces contundente y al margen de lo que haga o no haga la defensa del condenado, lo que corresponde es que nosotros pidamos que sea detenido y eso es lo que vamos a hacer”. 
Amad señaló que “si la defensa decide ir en queja ante la Suprema Corte de Justicia, primero tendrá que pasar por el filtro de la misma Cámara de Casación Penal que le rechazó el recurso. Si acepta el planteo, entonces habrá que esperar lo que resuelva la Corte, pero si lo rechaza, Solá Torino debe ser detenido de inmediato. Vamos a ver qué pasa”.
 

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