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Regulan las aplicaciones con drones

La Provincia de Salta estableció requisitos para el uso de aeronaves no tripuladas en tareas de pulverización y creó la categoría de Aplicador Aéreo No Tripulado. 
Domingo, 23 de agosto de 2026 09:50
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La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de Salta reguló las aplicaciones de productos fitosanitarios realizadas mediante aeronaves no tripuladas y creó una categoría específica para quienes desarrollen esta actividad en la provincia.

La medida fue establecida mediante la Resolución 578, que incorpora las aplicaciones realizadas con aeronaves pilotadas a distancia, denominadas RPA o RPAS, al régimen previsto por la Ley de Buenas Prácticas Agrícolas y de Manufactura Nº 7.812 y su decreto reglamentario.

La norma también encuadra estas operaciones dentro de las disposiciones de la Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) y de las Regulaciones Argentinas de Aviación Civil correspondientes a las operaciones con aeronaves pilotadas a distancia.

La resolución fue impulsada por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable a partir de reuniones mantenidas con la Cámara de Sanidad Agropecuaria y Fertilizantes (Casafe) y ante la necesidad de establecer lineamientos específicos para la aplicación de fitosanitarios mediante drones.

La Provincia considera que este tipo de aplicaciones requiere una regulación complementaria que permita asegurar su correcta utilización, proteger la salud humana, animal y vegetal y reducir los riesgos para el ambiente.

Nueva categoría

Uno de los principales cambios es la creación de la categoría de "Aplicador Aéreo No Tripulado de RPA/RPAS", que deberá incorporarse al Registro Provincial de Usuarios de Productos Fitosanitarios.

La inscripción será anual y obligatoria para las personas físicas o jurídicas que realicen aplicaciones con drones por cuenta propia o para terceros. También deberán registrarse los pilotos, los asesores técnicos y los equipos utilizados.

De esta manera, la obligación alcanza tanto a empresas dedicadas a prestar servicios de aplicación como a productores o entidades agropecuarias que utilicen estos equipos dentro de sus propios establecimientos.

Para obtener la habilitación será necesario constituir domicilio en la provincia de Salta y presentar el certificado de inscripción de la aeronave emitido por el Registro Nacional de Aeronaves, dependiente de la ANAC.

También se exigirá la licencia aeronáutica habilitante del piloto a distancia, la constancia de capacitación en Buenas Prácticas Agrícolas para aplicaciones con RPA/RPAS y un seguro de responsabilidad civil de la aeronave.

La capacitación será obligatoria para el piloto, el personal de apoyo y el asesor técnico. El curso contemplará la normativa vigente sobre aplicaciones de productos químicos y biológicos de uso agropecuario, técnicas de aplicación y otros contenidos que determine la autoridad provincial.

El Carné Provincial de Aplicador de Fitosanitarios tendrá una vigencia de dos años y deberá actualizarse antes de su vencimiento. Los cursos podrán ser dictados por la Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable o por instituciones que celebren convenios con el organismo.

Productos autorizados

La resolución establece además que en las aplicaciones realizadas con drones únicamente podrán utilizarse productos fitosanitarios registrados y habilitados expresamente por Senasa para este tipo de uso. Todas las aplicaciones deberán contar también con la correspondiente Recomendación Técnica de Uso, independientemente de la banda toxicológica del producto utilizado.

Otro punto regulado es el traslado de los equipos. Cuando las aeronaves no tripuladas sean transportadas en vehículos por zonas pobladas deberán encontrarse descargadas y perfectamente limpias de productos químicos o biológicos de uso agropecuario.

La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Provincia de Salta tendrá facultades para controlar las operaciones y exigir la documentación respaldatoria en cualquier momento y lugar.

Entre los elementos que podrá requerir se encuentran las recomendaciones técnicas de uso, las autorizaciones y registros emitidos por la autoridad aeronáutica, la documentación que acredite la propiedad o tenencia del equipo, el carné y la acreditación del operario y demás documentación técnica vinculada con la aplicación.

Con la Resolución 578, Salta incorpora de manera específica las aplicaciones con drones dentro de su sistema de regulación y control de productos fitosanitarios, estableciendo obligaciones para equipos, pilotos, asesores y aplicadores que utilicen esta tecnología en la producción agropecuaria.

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