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La AFIP habilitó las deducciones de Ganancias en 2024: cómo cargar el formulario y qué conceptos incluir

La AFIP habilitó en su web el formulario del Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) para el período 2024 

Domingo, 25 de febrero de 2024 20:27

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó en su portal web el formulario correspondiente al Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) para el ejercicio fiscal del año 2024. Este proceso permite a los empleados comunicar a sus empleadores las deducciones, percepciones y otros ingresos provenientes de empleos adicionales, en caso de que apliquen.

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La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) habilitó en su portal web el formulario correspondiente al Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias (SIRADIG) para el ejercicio fiscal del año 2024. Este proceso permite a los empleados comunicar a sus empleadores las deducciones, percepciones y otros ingresos provenientes de empleos adicionales, en caso de que apliquen.

Entre los contribuyentes obligados a efectuar esta declaración se encuentran los empleados en relación de dependencia, funcionarios públicos, magistrados y empleados del Poder Judicial designados a partir de 2017, jubilados y pensionados, así como también los socios de cooperativas de trabajo.

Es importante destacar que existen diversos gastos que pueden ser considerados deducibles del impuesto a las Ganancias. Entre ellos se incluyen los siguientes:

  • Gastos relacionados con servicios y herramientas utilizadas con fines educativos.
  • Cargas familiares.
  • Alquileres.
  • Cuotas abonadas a servicios de medicina privada.
  • Para aquellos contribuyentes que cuenten con personal a cargo en el ámbito doméstico, es posible deducir tanto la remuneración como las contribuciones patronales abonadas.
  • Intereses derivados de préstamos hipotecarios, entre otros.

SIRADIG 2024: cuáles son las novedades respecto a los años anteriores
Por otro lado, según información compartida en el blog de un contador en línea, se destaca como novedad principal para la carga del formulario correspondiente al año 2024 la posibilidad de optar entre el régimen cedular o el régimen general. El sistema proporciona la alternativa de seleccionar ambos regímenes, en cuyo caso es necesario especificar mensualmente cuál corresponde.

Este procedimiento, aunque no exento de requisitos y plazos a cumplir, permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones fiscales de manera ordenada y transparente. La correcta declaración de las deducciones y otros conceptos relevantes asegura el cumplimiento normativo y contribuye al funcionamiento eficiente del sistema tributario.

Es necesario tener en cuenta que, en un contexto donde la carga fiscal es una preocupación constante para los ciudadanos y las empresas, la adecuada gestión de las deducciones disponibles puede representar un alivio financiero significativo. Por lo tanto, es fundamental que los contribuyentes estén debidamente informados sobre los procedimientos y opciones disponibles para optimizar su situación fiscal dentro del marco legal establecido.

En este sentido, la transparencia y accesibilidad de la información proporcionada por la AFIP, así como la claridad en los procesos de declaración y actualización de deducciones, son aspectos cruciales para garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones fiscales por parte de los contribuyentes.

Asimismo, es importante mencionar que la correcta utilización de estas herramientas contribuye no solo al cumplimiento individual de las obligaciones tributarias, sino también al funcionamiento equitativo y eficiente del sistema tributario en su conjunto. El acceso a mecanismos que permitan a los contribuyentes ajustar sus obligaciones fiscales de acuerdo con su situación particular es fundamental para promover la equidad y la justicia tributaria.

En conclusión, la habilitación del formulario SIRADIG para el período fiscal 2024 representa un paso importante en el proceso de declaración y actualización de deducciones del Impuesto a las Ganancias. La posibilidad de seleccionar entre distintos regímenes y la inclusión de nuevas opciones de deducción brindan a los contribuyentes herramientas adicionales para gestionar su carga fiscal de manera eficiente y conforme a la normativa vigente.

Por otra parte, el fisco establece otra serie de requisitos para solicitar la devolución de las percepciones previamente mencionadas, son las siguientes:

  • Contar con Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT)
  • Poseer Clave Fiscal
  • Informar al fisco la Clave Bancaria Uniforme (CBU) de tu cuenta bancaria, a través del servicio con Clave Fiscal "Declaración de CBU para cobros de origen tributario, aduanero y de la seguridad social"
  • Contar, de forma previa, con la cancelación de deudas y/o regularización de las inconsistencias, ya que luego se acreditará lo percibido
  • Poseer Domicilio Fiscal Electrónico

En el caso de que cuentes con CUIT y Clave Fiscal, no deberás concurrir a una Dependencia AFIP - DGI, con lo cual el trámite lo podrás realizar directamente desde la web. En caso contrario, deberás concurrir a una dependencia con un turno solicitado previamente.

Con respecto al trámite en sí, deberás ingresar con clave fiscal de nivel 2 o superior al servicio "Devolución de percepciones". Dentro de ese servicio podrás visualizar y seleccionar las percepciones del período mensual en el que fueron realizadas y se encuentran informadas por el agente de percepción.

En un hipotético caso en el que existan percepciones no informadas, el sistema te permitirá incorporarlas de forma manual. En estos casos, deberás contar con toda la documentación respaldatoria que avale tal solicitud, la que podrán solicitarte para su verificación.

 

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