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26 de Abril,  Jujuy, Argentina
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El Ejecutivo provincial declaró la emergencia agropecuaria en Jujuy

Viernes, 31 de mayo de 2013 12:21

El Gobierno de la provincia declaró la emergencia agropecuaria en los Departamentos Santa Bárbara, Ledesma, San Pedro, El Carmen, Palpalá y Manuel Belgrano. La medida, dispuesta a través del decreto 2.829 dictado por el Ejecutivo, fue anunciada ayer en el Salón Blanco de Casa de Gobierno por funcionarios provinciales y prevé la asistencia con créditos y subsidios a todos los productores afectados por la profunda sequía que vive la región. La emergencia se extenderá entre un año y dos dependiendo del grado de afectación que presente la actividad productiva motivadora de este decreto.

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El Gobierno de la provincia declaró la emergencia agropecuaria en los Departamentos Santa Bárbara, Ledesma, San Pedro, El Carmen, Palpalá y Manuel Belgrano. La medida, dispuesta a través del decreto 2.829 dictado por el Ejecutivo, fue anunciada ayer en el Salón Blanco de Casa de Gobierno por funcionarios provinciales y prevé la asistencia con créditos y subsidios a todos los productores afectados por la profunda sequía que vive la región. La emergencia se extenderá entre un año y dos dependiendo del grado de afectación que presente la actividad productiva motivadora de este decreto.

El contenido del instrumento legal fue puesto a consideración de la prensa jujeña por los ministros de Producción, Gabriel Romarosky; de Hacienda, Ricardo Pierazzoli; y de Desarrollo Social, Facundo Figueroa Caballero. Del anuncio participaron también los diputados provinciales del PJ Marcelo Abraham, Héctor Tentor, Luis de la Zerda, Octavio Herrera y Susana Mayans; y el secretario de Producción, Jorge Flores.

“La ayuda va a llegar a todas las áreas productivas que se vieron afectadas por la sequía que sufre la provincia”, aseguró Romarosky al explicar los alcances del instrumento legal emitido por el gobernador Eduardo Fellner. En ese contexto, comentó que la declaración del estado de emergencia abarca a los departamentos ubicados dentro de los valles templados y cálidos de la provincia y que las medidas de auxilio beneficiarán a los productores que se muestran con mayor vulnerabilidad ante las actuales condiciones climáticas.

Durante la conferencia de prensa, las explicaciones dieron cuenta que el artículo 2º crea un fondo y un programa dirigido a la asistencia inmediata de los productores más vulnerables. La metodología de la ayuda se verá reflejada a través de créditos y subsidios, dependiendo de las necesidades de ayuda de cada uno de los afectados.

En tal sentido, Figueroa Caballero indicó que este plan se instrumentará a través de distintas partidas que ya existen dentro del presupuesto y que serán orientadas a este auxilio. La aplicación del decreto será de manera inmediata. Para hacer efectiva esta asistencia los ministerios intervinientes ya cuentan con un relevamiento de las zonas y productores más afectados.

Del trabajo preliminar realizado por la Secretaría de Producción se pudo determinar que son distintas las actividades productivas que sufrieron los efectos del clima seco y la falta de lluvias.

En este sentido, el titular de esta área dijo que el tratamiento que se dará será distinto para cada uno de los sectores productivos perjudicados por la sequía, ya que la actividad agrícola ganadera requiere tratamientos diferentes.

Tramitar certificado

Aunque recién la semana entrante estará lista la reglamentación del decreto, los productores que soliciten la asistencia deberán tramitar un certificado de emergencia, aunque desde el Ejecutivo la idea es instrumentar la ayuda de la manera más rápida y eficiente. A su turno, Pierazzoli señaló que el instrumento pone en vigencia determinados mecanismos que ya están previstos en la legislación provincial, y que aclaran los pasos que se deben seguir para alcanzar beneficios impositivos, en términos inmobiliarios y de ingresos brutos. Dijo que ante esta situación cobró vigor la Ley 4.027 de 1984 y su correspondiente decreto reglamentario, que establece con claridad los procedimientos a seguir por los productores que estén en condiciones de acceder a un certificado de emergencia o a beneficios contributivos.
 

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